martes, 24 de junio de 2014

Suspensión de las prestaciones

Hay varias disposiciones sobre la suspensión de pagos periódicos. Ejemplos corrientes son la ausencia del solicitante de la incapa- cidad de la jurisdicción durante un período en que se requiere asistencia médica, la negativa injustificada a recibir asistencia médica, la cohabitación de una persona superviviente a su cargo con otra persona y la prisión del beneficiario. El alcance de la suspensión no siempre está claro en la legislación. Cuando se utilizan términos que indican suspensión, sin utilizar a su vez cualquier otro términos que signifique “supresión” o ausencia del derecho, dicha suspensión implica simplemente que se aplazan los pagos, pero permaneciendo intacto el derecho, por lo que los atrasos se pagan al final del período de suspensión. Sin embargo, otras veces se utilizar términos o palabra que implican “supre- sión” de derechos, o se advierte por otros indicios del contexto que no deben pagarse prestaciones en ningún momento por el período de suspensión.

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