lunes, 2 de noviembre de 2009

Cobertura: Sectores cubiertos

Normalmente el sistema se aplica obligatoriamente en los sectores establecidos en la correspondiente norma o bien en todos éstos, salvo algunas excepciones. Normalmente están cubiertos los de minería, manufacturas, trabajos forestales, silvicultura, pesca, transporte, construcción, distribución, instituciones de asistencia sanitaria y otros servicios públicos. Ejemplos de sectores excluidos en algunas jurisdicciones son la agricultura, algunos servicios (como las agencias de viajes) y el servicio doméstico. En ellos se aplica a veces la responsabilidad de la empresa (que se expone en la parte II). Cuando un sector queda fuera de la cobertura obligatoria, algunas jurisdicciones permiten su inclusión previa solicitud de la empresa. En ciertas jurisdicciones se excluyen a las empresas con menos de un determinado número de trabajadores (normalmente entre 3 y 20).

domingo, 1 de noviembre de 2009

PARTE PRIMERA: INDEMNIZACION A LOS TRABAJADORES

[Nota sobre “jurisdicción”. Esta palabra se utiliza para designar un país o unidad del mismo (p. ej., un estado o una provincia) que gestiona un régimen de indemnización a trabajadores].
Aun cuando ya en civilizaciones anteriores hay rastros de indemnización a los trabajadores, en particular en el Derecho marítimo, los regímenes hoy vigentes se introdujeron en la segunda mitad del siglo XIX o en el siglo actual. En inglés recibieron la denominación de workmen’s ompensation, que en los últimos 20 años se ha ido sustituyendo por la de workers’ compensation).

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