Algunos sindicatos han ayudado a sus gobiernos a superar las disfunciones de sus respectivos sistemas de gestión de las lesiones profesionales y de indemnización por accidentes de trabajo. En Australia, en respuesta a la presión de los costes derivados de las indemnizaciones por accidentes de trabajo y a la preocupación de los sindicatos por la falta de un sistema efectivo de rehabilita- ción, se promulgó en 1988 la Ley federal de indemnización y rehabilitación, en la que se establecía un nuevo sistema de coordi- nación de la prevención y la gestión de las lesiones y enferme- dades profesionales de los trabajadores de la administración federal. El nuevo sistema se basa en el principio de que la rehabi- litación efectiva y la reincorporación al trabajo, en su caso, cons- tituyen el escenario más favorable tanto para el trabajador como para la empresa. La ley incorpora al sistema las políticas de prevención, rehabilitación e indemnización. Se garantizan al discapacitado tanto el empleo como la percepción de las presta- ciones. El sistema de indemnización comprende el salario sustitu- torio, los gastos de asistencia médica y similares y, en ciertos casos, un pago de pequeñas sumas globales. Si los afectados no pueden regresar al trabajo, reciben una prestación adecuada. Las cifras iniciales reflejan una tasa de reincorporación al trabajo del
87 %. Se ha atribuido el éxito del nuevo sistema a diversos factores, entre los que se incluye la colaboración de los agentes sociales, como los sindicatos.
El ya mencionado IAM/Boeing Health and Safety Institute es un ejemplo de colaboración entre sindicatos y dirección en el marco de la empresa. El programa de reincorporación al trabajo fue una de las primeras iniciativas del instituto, en respuesta a la deficiente atención que las necesidades de las víctimas de acci- dentes de trabajo recibían de unos sistemas fragmentarios de prestación de servicios que gestionaban las administraciones federal, estatal y local, junto a diversas entidades y organiza- ciones privadas de rehabilitación. Después de un análisis de los datos y de realizar una serie de entrevistas, el sindicato y la empresa produjeron un programa piloto que se juzga adecuado
a los intereses de ambas partes. En él se reconocen algunos de los derechos anteriormente citados: actuación precoz, agilidad en la prestación de los servicios y en el pago de las indemniza- ciones eventualmente exigibles, y evaluación periódica de los resultados del programa y de la satisfacción de los trabajadores. Los últimos estudios de la satisfacción de los trabajadores indican que tanto la dirección como los trabajadores afectados estiman que el programa de reincorporación al trabajo nacido de la iniciativa conjunta del sindicato y la empresa han permi- tido mejorar el nivel de los servicios. Se espera que este programa, aplicado después en otras cuatro plantas de Boeing, se extienda al conjunto de la empresa. Hasta hoy, más de
100.000 trabajadores lesionados han recibido servicios de reha- bilitación en el marco del programa.
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