sábado, 22 de septiembre de 2012

Trabajadores

Allí donde las empresas pueden delegar sus responsabilidades en el campo de la salud y seguridad en el trabajo, y en los casos en que la legislación vigente responsabiliza directamente al personal técnico o de supervisión, las obligaciones de dichas personas suelen hacerse efectivas de forma similar a las de la empresa. En algunos ordenamientos legales, como el sueco y el británico, se establece explícitamente que la inspección de trabajo puede dictar órdenes y prohibiciones directamente a esas personas. Asimismo, las personas responsables están sujetas a las mismas disposiciones legislativas de orden penal que las empresas. Además, contra esas personas se pueden adoptar medidas que son imposibles de aplicar a las empresas.
Los regímenes disciplinarios aplicables a las obligaciones rela- tivas a la salud y seguridad en el trabajo difieren de un país a otro. La escala de sanciones aplicables a las faltas leves oscila entre la amonestación verbal y la retención del salario de un día; respecto a las faltas graves, las sanciones pueden oscilar desde la amonestación pública o el traslado y la suspensión de empleo durante algunos días, hasta la exclusión de la promoción durante un máximo de un año; y en el caso de las faltas muy graves, la sanción puede ir desde la retención del sueldo entre
7 y 15 días y la suspensión por un máximo de dos meses, hasta la exclusión de la promoción durante dos años o el despido.
El incumplimiento de las obligaciones impuestas a los trabaja- dores en relación con la salud y seguridad en el trabajo puede también dar lugar a la exigencia de responsabilidades penales. En algunos países, como España, este tipo de responsabilidades sólo se exigen en los casos de delitos graves; en otros, la respon- sabilidad criminal se produce únicamente por el incumplimiento de determinados deberes. Por ejemplo, en la sección L 263-2 del Código de Trabajo francés, modificado en 1976, sólo se exige responsabilidad penal a los trabajadores subalternos si intro- ducen bebidas alcohólicas en el lugar de trabajo. En otros países, como el Reino Unido, Dinamarca y Suecia, esta responsabilidad tiene un alcance más general, si bien en algunos lugares las sanciones previstas suelen ser leves, como ocurre en México, que se limita al salario de una semana. Existe, además, un grupo de países en cuyo ordenamiento jurídico no se prevé la exigencia de responsabilidad penal a los trabajadores que no ejercen funciones de supervisión. Este es el sistema adoptado en la legis- lación laboral vigente en algunos países de la Europa del este. En Estados Unidos existe una situación muy similar desde la promulgación de la Ley de salud y seguridad en el trabajo 1970, en la que únicamente se exigen responsabilidades civiles a las empresas por el incumplimiento de las normas de salud y seguridad.

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