sábado, 29 de septiembre de 2012

Objeciones a las reclamaciones (I)

Las objeciones más comunes son las relacionadas con el hecho de que el reclamante no haya cumplido uno o más de los requisitos. Aun habiéndolos cumplido todos, puede haber motivos de impugnación. Como los regímenes de indemnización por acci- dentes de trabajo se han creado en general para evitar la investi- gación de la prueba de culpabilidad, cualquier alegación de que la incapacidad es consecuencia de la negligencia del reclamante será irrelevante, lo mismo que cualquier alegación de que la causa de la incapacidad estaba fuera del control del empresario.
Las autolesiones no son indemnizables. Generalmente se excluyen de la definición de lesión o accidente indemnizable, pero a veces hay una prohibición explícita. Para que una lesión quede excluida, ha de haber sido causada deliberadamente por el reclamante. No se excluyen las situaciones en que el traba- jador se ha colocado deliberadamente en la situación de riesgo que le produjo la lesión.
Algunas jurisdicciones disponen que la conducta indebida del reclamante es o puede ser un obstáculo a la reclamación, pero en la mayoría de los casos esta alegación sólo es utilizable en casos excepcionales. Para evitar la investigación rutinaria de la prueba de culpabilidad, esta excepción se limita de varias maneras. En algunas jurisdicciones sólo se aplica si la conducta indebida es penal o grave, y en otras, si es seria y deliberada. En ciertas jurisdicciones se dispone la inaplicación de la excepción en caso de muerte o cuando la incapacidad es grave o perma- nente. En otras, para que sea aplicable se exige que la conducta indebida sea la “causa única” de la incapacidad; son muy pocas las lesiones que tienen una causa única.
Cuando la conducta indebida impide la presentación de una reclamación, generalmente impide también las prestaciones, si bien algunas jurisdicciones permiten el pago de prestaciones reducidas aun habiendo una conducta indebida.
Una explicación de la resistencia a permitir las alegaciones de conducta indebida es que, en casos graves o de muerte, pueden sufrir personas inocentes a cargo del trabajador. En casos de lesiones leves, al permitir la alegación de conducta indebida se impediría alcanzar el objetivo de ahorro de costes en la adjudi- cación, ya que la mayoría de los regímenes no están preparados para realizar investigaciones de pruebas en las decisiones iniciales. Por tanto sería inconveniente permitir alegaciones de conducta indebida si el sistema no está preparado para su valoración adecuada.

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