Cuando un régimen es de seguros sociales, suele haber un manual de reconocimiento de derechos que incluye las disposiciones legales que deben aplicar los responsables de la toma de las decisiones sobre reconocimientos. Suele ser una síntesis de las leyes, reglamentos, jurisprudencia y decisiones tomadas por los órganos decisorios o administración en el ejercicio de facultades delegadas. Normalmente lleva el título de “Manual de política”, pero tal nombre puede inducir a error. Sólo aquellas partes que se refieren al ejercicio de poderes discrecionales pueden encua- drarse correctamente en el marco de lo que se denomina política. En su mayor parte, el manual es un conjunto normativo que incluye normas vigentes.
Durante decenios, estos manuales han sido tratados casi como documentos secretos. El uso del término “política” en su título ocultaba el hecho de que en esencia se trataba de un conjunto normativo confidencial. En los últimos años así se ha venido reconociendo, exigiéndose, por ello, la publicación de dichos manuales, ya sea por los órganos que gestionan y reconocen el derecho o por previsiones legales.
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