jueves, 8 de marzo de 2012

Certificación y acreditación

El término certificación se aplica normalmente al hecho por el que se confiere a un profesional la autorización para practicar su profesión. La certificación puede ser hecha por un consejo nacional, por una universidad o por una institución de profesio- nales de una disciplina de SST. Las certificaciones en SST suelen concederse únicamente tras un período de formación prefijado, en el que se hayan seguido unos cursos u ocupados ciertos puestos; además, se requiere superar un examen. Esta “certificación general” suele ser vitalicia, a menos que se demuestre negli- gencia profesional o una conducta impropia. Sin embargo, existen algunas formas de acreditación que requieren renovación periódica; en algunos países, por ejemplo, es obligatoria esta renovación para poder realizar ciertos tipos especiales de exámenes médicos legales o para hacer informes médicos sobre las radiografías de personas que han estado expuestas al amianto. La acreditación, por otra parte, es el reconocimiento de los cursos sobre SST, sancionado por un consejo nacional, por una organización profesional o por un organismo de concesión de becas. Las acreditaciones deben someterse a una evaluación periódica para garantizar que los cursos se mantienen al día y cuentan con el adecuado nivel de efectividad.

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