domingo, 26 de agosto de 2007

Definiciones utilizadas en distintos países: Ejemplos de definiciones extraídas de la práctica legislativa

Estas definiciones varían mucho entre diferentes Estados. Baste con citar aquí unos cuantos ejemplos actuales, que sirven para ilustrar la variedad y el carácter discutible de muchas definiciones. Puesto que no se trata de debatir modelos jurídicos específicos, no se facilitan las fuentes de las citas ni se evalúa qué definiciones parecen más adecuadas. Ejemplos de definiciones nacionales de personas discapacitadas:

• Las que están afectadas por una deficiencia funcional no estrictamente temporal, debida a una situación física, mental o psicológica irregular, o amenazadas por tal discapacidad. Si el grado de discapacidad es de al menos el 50 %, se considera que la discapacidad es grave.
• Todas aquellas cuya capacidad de trabajo esté disminuida en al menos un 30 % (en caso de discapacidad física) o al menos un
20 % (en caso de discapacidad mental).
• Todas aquellas cuyas posibilidades de obtener y conservar un empleo estén restringidas por una carencia o una limitación de sus capacidades físicas o mentales.
• Todas aquellas a quienes una deficiencia o invalidez les dificulte o impida desempeñar actividades normales. La deficiencia puede referirse tanto a funciones mentales como corporales.
• Todas aquellas cuya capacidad para trabajar está permanentemente restringida debido a un defecto físico, psíquico o sensorial.
• Todas aquellas que necesitan cuidados o un tratamiento especial para garantizar el mantenimiento, desarrollo y restablecimiento de sus capacidades profesionales. Se incluyen en este concepto discapacidades físicas, mentales, psíquicas y sociales.
• Todas aquellas que, debido a una limitación permanente de sus capacidades físicas, mentales o sensoriales ¾con independencia de que sea hereditaria o adquirida¾, ven limitadas sus oportunidades de seguir una educación y de participar en la vida profesional y social.
• Las víctimas de accidentes de trabajo, los inválidos de guerra y las personas que sufren una deficiencia física, mental o psí- quica. La reducción de la capacidad de trabajo debe ser al menos del 30 %.
• Todas aquellas que, debido a una deficiencia, patología o enfermedad hereditaria, tienen sustancialmente reducidas sus posibilidades de obtener y conservar un empleo apropiado para su edad, experiencia y cualificaciones.
• Las personas con una deficiencia física o mental que restrinja en una medida significativa una parte importante de su actividad vital, o aquéllas de las que se suponga que sufren esa deficiencia o de las que se tengan historiales anteriores al respecto.
• Las personas afectadas por un trastorno o una enfermedad funcional que lleve a: a) una pérdida total o parcial de funciones físicas o mentales; b) una enfermedad causada, o previsiblemente causada, por la presencia de microorganismos en el cuerpo; c) la pérdida de una función normal debido a una deformación de partes del cuerpo; d) la aparición de dificultades de aprendizaje no presentes en individuos sin trastornos o limitaciones funcionales, y e) una deficiencia del comporta- miento, el proceso cognitivo, el juicio o la vida emocional.
• Las personas que, debido a una deficiencia física o mental resultante de un defecto de nacimiento, una enfermedad o un accidente, se suponga que son incapaces de ganarse la vida, ya sea permanentemente o durante un período prolongado.
• Las personas que, como resultado de una enfermedad, una lesión o una debilidad mental o física, no están en condiciones, durante un período de al menos seis meses, de ganar, con un trabajo que se corresponda con sus capacidades potenciales y su nivel cultural, una fracción determinada (1/3, 1/2, 2/3) de la renta que recibiría un individuo en buenas condiciones en la misma profesión y con el mismo nivel cultural.
• El término discapacidad significa, respecto de un individuo: a)
una deficiencia física o mental que limita sustancialmente una
o más de las principales actividades vitales de ese individuo; b) el registro de esa deficiencia, o c) la consideración del individuo como persona afectada por esa deficiencia.



La diversidad de definiciones legales que se complementan y excluyen parcialmente unas a otras da a entender que sirven, sobre todo, para fines burocráticos y administrativos. De las arriba enumeradas, ni una sola puede considerarse plenamente satisfactoria, y todas plantean más interrogantes que respuestas. Aparte de unas cuantas excepciones, la mayoría tratan de identificar deficiencias de un individuo, y no de abordar la correlación entre éste y su entorno. Lo que en realidad es el reflejo de una relatividad compleja se reduce, en un contexto administrativo, a una cantidad aparentemente neta y estable. Tales definiciones excesivamente simplificadas tienden entonces a cobrar vida propia y con frecuencia obligan a los individuos a aceptar una situación que es acorde con la ley, pero no necesariamente con sus posibilidades y aspiraciones.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

The Technology Hub