lunes, 24 de enero de 2011

Defensa

La preparación y presentación de reclamaciones es normalmente un asunto sencillo que no requiere grandes capacidades jurídicas, por lo que algunas jurisdicciones prohíben cobrar honorarios por estas funciones. Suele recurrirse a la defensa legal en las reclamaciones impugnadas, tanto más cuanto que los casos llegan a niveles superiores de decisión. Cuando se aplica un sistema de baremos o la misma empresa es el asegurador, tanto el trabajador como la empresa pueden acudir con un letrado. En otro caso, la defensa sólo suele ofrecerse al trabajador.
En los regímenes administrados por compañías de seguros, la defensa en los procesos de reconocimiento de prestaciones suele encomendarse a letrados. En los regímenes de seguros sociales, el defensor puede ser un abogado, un funcionario sindical o cualquier otro experto en casos de indemnización por accidentes de trabajo. En algunas jurisdicciones, la Administración o la autoridad de indemnización cuentan con un grupo de letrados al servicio de los trabajadores, y en algunas jurisdicciones existe asimismo un grupo que presta ayuda a las empresas. A veces, se concede al trabajador derecho a la asistencia jurídica en el marco de un plan público de asistencia legal.

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