sábado, 21 de febrero de 2015

Subsidio especial.

Se abona a las personas que sufren una inca- pacidad igual o superior al 75 %, así como a las que padecen una incapacidad del 65 al 74 % y experimentan trastornos de locomoción. Proporciona (en ciertas condiciones) ayuda para la compra de un coche, para la solución de los problemas de vivienda y para la adquisición de los aparatos y prótesis que la incapacidad requiera.

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