lunes, 9 de febrero de 2015

DERECHO A SABER: FUNCION DE LAS • ORGANIZACIONES DE AMBITO COMUNITARIO (II)

Es de observar que, como filosofía, la comunicación de los riesgos difiere sensiblemente del control legal directo del riesgo mismo. El método del etiquetado dimana de una filosofía de confianza en la responsabilidad individual, en la elección infor- mada y en el libre juego de las fuerzas del mercado. Se supone que el trabajador informado hace lo que mejor le conviene y, bien exige unas condiciones de trabajo seguras, bien, en caso necesario, busca otro puesto de trabajo. Por el contrario, en el control legal directo de los riesgos profesionales se presume la necesidad de una intervención más directa del Estado con el objeto de compensar el desequilibrio de poder existente en la sociedad, que impide que algunos trabajadores utilicen eficaz- mente por sí mismos la información relativa al riesgo. Como el sistema de etiquetado implica que el trabajador informado es, en última instancia, el responsable de su propia seguridad en el trabajo, la filosofía del “derecho a conocer” es objeto de una valoración política un tanto ambigua. Por una parte, los defen- sores del mundo del trabajo ensalzan el concepto como una victoria que permite que los trabajadores se protejan más eficaz- mente. Por otra parte, este sistema puede lesionar los intereses de los trabajadores si se permite que el etiquetado reemplace o debilite la aplicación de otras normas de salud y seguridad en el trabajo. Como aseguran vivamente los activistas, el “derecho a conocer” es un punto de partida que debe complementarse con el “derecho a comprender” y el “derecho de actuar”, además de con un esfuerzo permanente de prevención directa de los peli- gros en el trabajo.
Las organizaciones locales prestan una colaboración múltiple y valiosa al proceso de aplicación práctica de los reglamentos y leyes inspirados en el “derecho a conocer”. En primer lugar, la promulgación misma de estas normas responde con frecuencia a la presión de determinados grupos de intereses, muchos de los cuales son de ámbito comunitario. Por ejemplo, los Comités de Salud y Seguridad en el Trabajo (COSH), de gran arraigo social, desempeñaron un papel destacado en el largo proceso regulador y contencioso que condujo a la promulgación de la Norma sobre información de riesgos en Estados Unidos. Véase en el recuadro una descripción detallada de la actividad de los Comités de Salud y Seguridad en el Trabajo (COSH).

No hay comentarios:

Publicar un comentario

The Technology Hub