sábado, 14 de febrero de 2015

Seguros sociales y seguridad social (IV)

En los regímenes generales de seguros sociales es frecuente que no se den ciertos rasgos de los de indemnización por acci- dentes de trabajo. Entre otros, la cobertura opcional, las compensaciones, las clasificaciones industriales, la puntuación según experiencia, la capitalización y el papel en la salud y segu- ridad en el trabajo.
En algunas jurisdicciones que cuentan con un régimen sepa- rado de indemnización por accidentes de trabajo, los deman- dantes de ese sistema no tienen la posibilidad de recibir prestaciones de incapacidad del régimen general de seguros sociales o del régimen de seguridad social. En otras que tienen un régimen separado de indemnización por accidentes de trabajo, se permite la acumulación total o parcial de presta- ciones. En algunas de estas jurisdicciones, el régimen general de seguros sociales ocupa la posición de primer obligado al pago, tanto con respecto a la asistencia médica como a las prestaciones monetarias, acumulándose las prestaciones del régimen de indemnización por accidentes de trabajo, a veces por todas las pérdidas.
Generalmente, los programas de seguros sociales y seguridad social prestan asistencia de rehabilitación. El alcance de la misma varía, lo mismo que en los regímenes de indemnización por accidentes de trabajo. En algunos países hay tendencia a reducir el ámbito de las pensiones de incapacidad y a incre- mentar la asistencia para rehabilitación profesional. Esto plantea el problema de que el recorte de las prestaciones monetarias puede ser real, mientras que la sustitución por asistencia para rehabilitación puede ser ilusoria a consecuencia de la evolución económica y financiera, que dificulta la prestación de asistencia para rehabilitación profesional. La viabilidad de los regímenes de seguros sociales está hoy amenazada en algunos países por el debilitamiento del Estado y del empleo organizado y por la expansión de la “economía informal”, del trabajo por cuenta propia y de las empresas muy pequeñas.
Estos sistemas se exponen con mayor detalle en tratados sobre seguridad social y seguros sociales.

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