domingo, 7 de septiembre de 2014

Financiación y régimen jurídico de las primas (I)

Existen sustanciales diferencias entre las tres áreas del sistema de seguro de accidentes (del trabajo, agrario y del sector público), tanto con respecto a su financiación como al régimen jurídico de las primas. El análisis siguiente se limita al seguro de accidentes de trabajo.
Los costes del sistema de accidentes de trabajo se financian casi exclusivamente con las primas que abonan las empresas. Los ingresos atípicos generados por las demandas de resarcimiento por daños y perjuicios deducidas contra terceros (en especial, por accidentes de circulación), las plusvalías gene- radas por las ventas de activo fijo, los recargos por morosidad y las multas) tienen relativamente poca importancia. Ha de mencionarse en este punto que el sistema funciona sin la ayuda financiera del Estado. Los ingresos se recaudan y se aplican con el exclusivo fin de satisfacer las obligaciones legales, con expresa exclusión del ánimo de lucro.
Las primas aplicables a cada empresa se calculan sobre la base de los salarios de los trabajadores que generan obligación (o bien de los ingresos del trabajo o de la suma asegurada de la empresa). Se tienen especialmente en consideración la frecuencia de accidentes y la amenaza latente de éstos en el sector de actividad y en la empresa. Se distinguen tres niveles:
El primer nivel de primas se establece agrupando uno o más sectores económicos y confiándolos a una única entidad asegu- radora, que actúa como grupo de riesgo común. Por ejemplo, se producen más y más graves siniestros en la construcción que en la fabricación de herramientas de precisión; por consiguiente, la prima media en una entidad aseguradora del primero de esos dos sectores será bastante mayor que la aplicada en una entidad del segundo de ellos.
En el segundo nivel, corresponde al de la entidad asegura- dora, de que se trate, los distintos oficios afiliados a ella —como pueden ser los albañiles, los techadores y los vigilantes en el caso de la construcción— se clasifican, a su vez, en función de la frecuencia de los accidentes que sufren. La división global de los oficios en grupos de riesgo se traduce en unas tablas de riesgo específicas de la entidad aseguradora. Sobre esta base se evalúa
a cada empresa concreta, después de asignar sus diversos segmentos a los correspondientes grupos de riesgo. Las tablas de riesgo se actualizan a partir de encuestas estadísticas quinque- nales de los costes y la frecuencia de los accidentes. Los grupos de riesgo permiten diferenciar la cuantía de las primas corres- pondientes a los diversos oficios de una misma asociación secto- rial.

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