miércoles, 27 de julio de 2011

Derecho de apelación

Lógicamente, las decisiones de obligado cumplimiento dictadas por los inspectores suelen ser apelables por parte de la empresa, pues es preciso que exista una vía de prevención y subsanación de posibles abusos. Por regla general, las decisiones ejecutorias dentro de un plazo son apelables en ambos efectos, al tiempo que las órdenes de ejecución inmediata no son apelables, dado el peligro inminente que pretenden evitar.

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