domingo, 4 de agosto de 2013

CODIGO DEONTOLOGICO • INTERNACIONAL PARA LOS PROFESIONALES DE LA SALUD EN EL TRABAJO (III)

En general, las disposiciones legales definen los deberes y las obligaciones de estos profesionales. Las empresas son responsa- bles de la salud y la seguridad de sus trabajadores. Cada profe- sión tiene sus responsabilidades que están relacionadas con la naturaleza de sus obligaciones. Cuando se adopta un enfoque interdisciplinario en el que especialistas de distintas profesiones trabajan juntos, es importante que todos ellos se basen en unos principios éticos comunes y que conozcan las obligaciones, las responsabilidades y las normas profesionales de los demás. Los aspectos éticos requieren una atención especial, sobre todo cuando existan derechos que entran en conflicto, como el derecho a la protección del empleo y el derecho a la protección de la salud, el derecho a la información y el derecho a la confi- dencialidad o los derechos individuales y los colectivos.
Las disposiciones legales definen algunos de los requisitos que deben cumplir los profesionales de la salud en el trabajo y los servicios de medicina del trabajo. Uno de los requisitos básicos para una buena práctica de la medicina del trabajo es la plena independencia profesional, lo que quiere decir que los profesio- nales de la salud en el trabajo deben disfrutar de independencia en el ejercicio de sus funciones para poder emitir juicios y dar consejos sobre la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores de acuerdo con sus conocimientos y su experiencia. Existen unos requisitos básicos para una práctica aceptable de la medicina del trabajo. Algunas de estas normas de conducta se establecen en la legislación nacional e incluyen, en particular, el libre acceso al lugar de trabajo, la posibilidad de tomar muestras
y evaluar el medio ambiente de trabajo, realizar análisis de los puestos de trabajo y participar en las investigaciones después de un accidente, así como la posibilidad de consultar a las autori- dades competentes sobre la aplicación de las normas de segu- ridad y salud en el trabajo. Los profesionales de la salud en el trabajo deben tener asignado un presupuesto que les permita desempeñar sus funciones de acuerdo con unas prácticas correctas y el máximo nivel de profesionalidad. Estos recursos deben consistir en personal adecuado, formación y readaptación profesional, apoyo y acceso a información relevante y al nivel jerárquico adecuado.
Este código establece los principios éticos para el ejercicio de la medicina del trabajo. Los códigos deontológicos nacionales o las directrices para profesiones específicas pueden facilitar infor- mación más detallada sobre una serie de aspectos concretos. Al final de este documento se citan varios documentos sobre la ética en la medicina del trabajo. Las disposiciones de este código pretenden servir de orientación a todos aquellos que realizan actividades relacionadas con la salud en el trabajo y que cola- boran para mejorar el medio ambiente y las condiciones de trabajo. Su propósito es contribuir, en lo que respecta a la ética y la conducta profesional, al establecimiento de unas normas comunes para el trabajo en equipo y el enfoque interdiscipli- nario de la medicina del trabajo.
La decisión de elaborar este código deontológico se adoptó en el Consejo de la CIMT celebrado en Sydney en 1987. Los miembros del Consejo recibieron un borrador en Montreal y a finales de 1990 y principios de 1991 se llevó a cabo un proceso de consultas. El Código deontológico para los profesionales de la salud en el trabajo de la CIMT fue aprobado por el Consejo el
29 de noviembre de 1991. Este documento será sometido a revi- siones periódicas. Cualquier comentario que desee realizarse para mejorar su contenido puede remitirse al Secretario General de la Comisión Internacional de Medicina del Trabajo.


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