lunes, 14 de septiembre de 2015

LA INDEMNIZACION POR ACCIDENTES DE TRABAJO EN JAPON - Riesgos asegurados


El sistema japonés de seguro de accidentes de trabajo es gestio- nado por el Estado a tenor de la Ley de indemnización por acci- dentes de trabajo de 1947. En ella se señala el objetivo de conferir a los trabajadores una protección rápida y eficaz en los supuestos de enfermedad, lesión, incapacidad o muerte sobreve- nidos “por causa del desempeño de sus tareas”. Este último concepto no se define en la normativa de desarrollo de la ley anteriormente citada. Sin embargo, los criterios aplicados por la administración pública son inequívocos, en el sentido de que el sistema se aplica a los casos de incapacidad, lesión o muerte resul- tante del empleo, esto es, “en situaciones de desempeño de las tareas en las que los trabajadores se encuentran sometidos al control de una empresa en las condiciones establecidas en los contratos de trabajo”, y “por causa de accidente u otra circuns- tancia derivada del desempeño de las tareas”. Por consiguiente, el sistema se aplica a todos los casos de lesión, incapacidad o muerte ocurridos durante el trabajo o in itinere. Es asimismo de aplica- ción a los “trastornos y enfermedades sufridos por los trabaja- dores que realizan trabajos cuyos riesgos pueden perjudicar la salud en caso de exposición repentina o prolongada a los mismos”. Entre las enfermedades causadas por el desempeño de las tareas se incluyen tanto las resultantes de lesiones sufridas en el trabajo como las producidas por agentes físicos, químicos o biológicos, o por formas específicas de la prestación laboral, así como las causadas evidentemente por el trabajo.

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