lunes, 8 de septiembre de 2008

COOPERACION TRIPARTITA Y BIPARTITA A ESCALA NACIONAL EN MATERIA DE SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO

La cooperación entre los trabajadores, las empresas y la Administración en la elaboración y la aplicación de las medidas relativas a la salud y la seguridad en el trabajo a escala nacional o regional es habitual en un número significativo de países. Asimismo, no es infrecuente la participación de grupos de interés y expertos técnicos en este proceso. Esta forma de cooperación se caracte- riza por un desarrollo elevado y ha sido institucionalizada en varios países mediante el establecimiento de organizaciones consultivas y de colaboración. En general, éstas han sido objeto de una amplia aceptación por todos los participantes en el mercado de trabajo, ya que parece existir un consenso generalizado en cuanto a la consideración de la salud y la seguridad como cuestiones de interés general respecto a las que el diálogo entre los interlocutores sociales, la Administración y otras partes interesadas resulta extremadamente importante.
Las instituciones que se han establecido para facilitar este tipo de cooperación varían significativamente en cuanto a la forma. Un planteamiento consiste en crear organizaciones consultivas ad hoc o permanentes para asesorar a la Administración en cues- tiones relativas a la política de salud y seguridad en el trabajo. Esta no suele estar obligada a seguir las recomendaciones propuestas, pero, en la práctica, resulta difícil ignorarlas y a menudo se tienen en cuenta en la formulación de la política gubernamental.
El otro planteamiento consiste en lograr que los interlocutores sociales y otras partes interesadas cooperen activamente con la Administración en las instituciones públicas establecidas para aplicar la política de salud y seguridad en el trabajo. La participación de los actores privados en las instituciones públicas con competencias en esta materia suele basarse en la representación de las organizaciones de empresarios y trabajadores y, en algunos casos, otras representaciones en los consejos de adminis- tración de dichas instituciones, aunque en ocasiones la participación se extiende a la gestión e incluso a la elaboración de proyectos. Estas personas suelen ser designadas por la adminis- tración previa recomendación de las partes representadas, aunque, en ciertos casos, las organizaciones de empresas y de trabajadores tienen derecho a elegir directamente sus represen- tantes en estas instituciones de colaboración. Normalmente, los organismos constituidos a escala nacional (o regional, estatal o provincial) son completados por la dotación de estructuras o sistemas a escala sectorial, empresarial y de centro de trabajo.

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