jueves, 19 de marzo de 2015

DERECHO A SABER: FUNCION DE LAS • ORGANIZACIONES DE AMBITO COMUNITARIO (IV)

Un aspecto especial de la normativa basada en el derecho a conocer es la ubicación de los trabajadores que en el pasado han estado notoriamente expuestos a riesgos profesionales, y la infor- mación del grave riesgo para su salud. En Estados Unidos, este tipo de actuación se conoce como “información a los trabajadores de alto riesgo”. Numerosos organismos federales y esta- tales de ese país, además de algunos sindicatos y grandes empresas, han elaborado programas de información de riesgos a los trabajadores. Actualmente, el organismo federal más activo en el proceso de información a los trabajadores es el Instituto Nacional para la Salud y la Seguridad en el Trabajo (NIOSH). Este organismo llevó a cabo una serie de ambiciosos programas piloto de información a los trabajadores a principios del decenio de 1980 y actualmente ha incorporado esta actividad a todas sus investigaciones epidemiológicas.
La experiencia acumulada por el NIOSH en esta actividad informativa resulta ilustrativa. En el contexto de sus programas piloto, el NIOSH elaboraba unos listados de acuerdo a un programa a trabajadores presuntamente expuestos a sustancias químicas peligrosas en una determinada planta; remitía a todos los trabajadores incluidos en las listas cartas personalizadas en las que les informaba del posible riesgo para la salud y, si era

posible y aconsejable, los inducía a someterse a controles médicos. Pronto se evindenció, no obstante, que esta actividad de comunicación no concernía exclusivamente al organismo y al trabajador afectado. En efecto, la actuación de las instituciones locales y las organizaciones de ámbito comunitario se hacía sentir en toda la actividad del organismo.
La intervención más controvertida del NIOSH tuvo lugar a principios del decenio de 1980 en Augusta, Georgia, cuando se remitieron comunicaciones a 1.385 trabajadores del sector químico que habían estado expuestos a un potente cancerígeno: la -naftilamina. Los trabajadores afectados, en su mayoría varones afroamericanos, carecían de representación sindical, de recursos y de instrucción. Según uno de los activistas del programa, el clima social de la localidad se encontraba “suma- mente crispado por la discriminación racial, la pobreza y un desconocimiento profundo de los peligros derivados de las sustancias tóxicas”. El NIOSH contribuyó a la creación de un grupo de asesoramiento de ámbito comunitario, con el objeto de fomentar la participación de la sociedad local. El grupo cobró autonomía a medida de que nuevas organizaciones militantes con arraigo social y algunos activistas del mundo del trabajo se sumaron a la causa. Las demandas judiciales presentadas por algunos trabajadores contra la empresa contribuyeron a crispar aún más el entorno del programa. Algunas organizaciones locales, como la Cámara de Comercio y el Colegio Médico del condado, también se involucraron en la polémica. Muchos años más tarde, aún no se han apagado los rescoldos de los conflictos suscitados entre las organizaciones locales implicadas en aquella comunicación. Al final, el programa sirvió para informar eficaz- mente a los trabajadores expuestos del riesgo permanente de desarrollar cáncer de vejiga, curable en un porcentaje muy elevado de casos si se detecta a tiempo. Más de 500 trabajadores fueron sometidos a controles clínicos, seguidos, en algunos casos, de intervenciones médicas posiblemente salvadoras.

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