lunes, 9 de marzo de 2009

Autoridades judiciales

Los inspectores de trabajo suelen tener una relación funcional estructurada con las autoridades judiciales, cuya colaboración es esencial para prevenir infracciones. En la mayoría de los países, los inspectores no pueden instar actuaciones judiciales por sí mismos, pues esta prerrogativa corresponde a la fiscalía, dependiente del ministerio de justicia. Si los inspectores descubren una infracción que estiman sancionable, remiten un informe al respecto al ministerio público. En este informe, que reviste gran importancia para el buen fin de las actuaciones legales, se deben relatar los hechos observados por el inspector y se han de indicar claramente las disposiciones violadas. Por regla general, la fiscalía disfruta de la facultad discrecional para decidir sobre la institu- ción de acciones legales sobre la base del informe o, en su caso, el archivo del informe.
De lo anterior se deduce, no sólo la importancia de la elabora- ción del informe sobre las irregularidades observadas, sino también la conveniencia de que los inspectores y los funcionarios de la fiscalía tengan, al menos, un contacto personal. Normal- mente, antes de denunciar las infracciones descubiertas, el inspector de trabajo utiliza la persuasión como medio de hacer respetar las normas legales. Ni los fiscales ni los jueces tienen siempre un conocimiento suficiente de esta circunstancia, y este desconocimiento de los métodos de trabajo de los inspectores los induce con frecuencia a sobreseer las actuaciones o a imponer sanciones insignificantes. Esto pone de relieve la importancia de celebrar reuniones interministeriales en el más alto nivel.
Existen otros motivos por los que los inspectores de trabajo tengan contacto con los jueces: por ejemplo, si se les requiere para que aporten alguna información en las diligencias prelimi- nares de una causa o se les cita a testificar en el proceso. Es importante que se facilite a la inspección de trabajo el texto íntegro de las sentencias (incluidos los fundamentos invocados en la misma) tan pronto como las mismas se publiquen. Esto facilita la denuncia de la eventual reincidencia en la infracción, en el caso de que las anomalías no se subsanen, y, si se estima que la sanción impuesta es insuficiente, hace posible que la inspección inste de la fiscalía la presentación de un recurso. Por último, la comunicación de la sentencia es tanto más útil si en la misma se sienta jurisprudencia.

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