Es irracional (y, por consiguiente, inmoral) distribuir o asignar los riesgos por categorías, es decir, asignar distintos niveles de riesgo a diferentes grupos de personas según su genotipo, edad, situación socioeconómica, situación geográfica dentro de la comu- nidad, pertenencia étnica o profesión. La asignación del riesgo por categorías supone que existen seres humanos cuyos derechos fundamentales son diferentes a los de los demás. Las necesidades básicas del ser humano son iguales; por lo tanto, los derechos fundamentales son también iguales para todos.
El concepto de “riesgo aceptable,” que se utiliza con frecuencia, cuando no universalmente, para establecer las normas, es una forma de asignación del riesgo por categorías. Depende de la asignación de un diferencial de riesgo que se basa en el cálculo de los riesgos profesionales en el pasado o la exposición actual a sustancias tóxicas o peligros en el lugar de trabajo. Esta práctica común acepta y fomenta los riesgos innecesarios, asig- nando de forma arbitraria, por ejemplo, un riesgo relativo
“aceptable” de una muerte por cada mil personas a la hora de establecer un límite de exposición permisible para los trabajadores, frente a una muerte por un millón de personas para otros miembros de la misma comunidad.
Otros ejemplos de asignación irracional (inmoral) del riesgo son la aceptación de diferenciales de riesgo dentro de una misma categoría, como sería entre los adultos y los niños más vulnera- bles (estableciendo una única norma para ambos cuando los niños necesitan una mayor protección), entre el medio ambiente de trabajo y la comunidad, entre los trabajadores de “fuera” (u otros con menor influencia) y los trabajadores nativos, así como los riesgos (mayores de los que hemos establecidos para nosotros mismos) impuestos a los trabajadores menos protegidos de los países en desarrollo por la gran demanda de sus productos en los mercados de los países desarrollados.
Los riesgos innecesarios no son nunca aceptables desde un punto de vista moral. Un riesgo es éticamente “aceptable” sólo si es necesario para proteger la vida (o el bienestar) y la libertad, o 1) está culturalmente aceptado y es muy difícil de eliminar o controlar en un plazo corto de tiempo y 2) su control recibe una menor prioridad en un programa racional de protección que otro peligro de tipo biológico.
El concepto de “riesgo aceptable,” que se utiliza con frecuencia, cuando no universalmente, para establecer las normas, es una forma de asignación del riesgo por categorías. Depende de la asignación de un diferencial de riesgo que se basa en el cálculo de los riesgos profesionales en el pasado o la exposición actual a sustancias tóxicas o peligros en el lugar de trabajo. Esta práctica común acepta y fomenta los riesgos innecesarios, asig- nando de forma arbitraria, por ejemplo, un riesgo relativo
“aceptable” de una muerte por cada mil personas a la hora de establecer un límite de exposición permisible para los trabajadores, frente a una muerte por un millón de personas para otros miembros de la misma comunidad.
Otros ejemplos de asignación irracional (inmoral) del riesgo son la aceptación de diferenciales de riesgo dentro de una misma categoría, como sería entre los adultos y los niños más vulnera- bles (estableciendo una única norma para ambos cuando los niños necesitan una mayor protección), entre el medio ambiente de trabajo y la comunidad, entre los trabajadores de “fuera” (u otros con menor influencia) y los trabajadores nativos, así como los riesgos (mayores de los que hemos establecidos para nosotros mismos) impuestos a los trabajadores menos protegidos de los países en desarrollo por la gran demanda de sus productos en los mercados de los países desarrollados.
Los riesgos innecesarios no son nunca aceptables desde un punto de vista moral. Un riesgo es éticamente “aceptable” sólo si es necesario para proteger la vida (o el bienestar) y la libertad, o 1) está culturalmente aceptado y es muy difícil de eliminar o controlar en un plazo corto de tiempo y 2) su control recibe una menor prioridad en un programa racional de protección que otro peligro de tipo biológico.
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