domingo, 31 de marzo de 2013

TRANSFORMACION DEL MERCADO • Y DEL TRABAJO (VII)

Aunque hay personas en numerosos países de todo el mundo que llevan mucho tiempo trabajando en su hogar, la nueva economía mundial genera a menudo un nuevo tipo de trabajo a domicilio. Este da lugar al establecimiento de nuevas relaciones laborales con una empresa lejana, que puede ejercer un control exhaustivo sobre la actividad realizada en el hogar. Así, aunque los trabajadores permanecen en su hogar alejados de sus empresas, esta nueva forma de trabajo a domicilio puede reducir su control sobre la naturaleza y el ritmo de su actividad, sin que mejore su medio ambiente de trabajo.
Los habitantes de muchos de los países meridionales son absorbidos por la economía mundial como trabajadores a domicilio para empresas internacionales. Estos trabajadores a domi- cilio son aún más vulnerables respecto a los riesgos para la salud que sus colegas del norte y tienen menos probabilidades de controlar su propio trabajo. Muchos están ubicados en zonas de libre comercio, en las que se ha eliminado la protección a los trabajadores, con frecuencia como método para incentivar la inversión.
Al mismo tiempo, tanto en el Norte como en el Sur, los recortes de los servicios públicos dan lugar con frecuencia a la reubicación y la redistribución del trabajo para las mujeres. Con la reducción de los servicios prestados en el sector público, disminuye el número de puestos de trabajo remunerados para las mujeres integradas en la población activa. Se espera de las mujeres que presten más servicios no remunerados en el hogar. Aunque son las mujeres quienes soportan la carga principal, el traslado del trabajo al domicilio eleva la tensión que soportan todos los miembros de la familia y acaba con su intimidad. Asimismo, el aumento de la responsabilidad en el hogar puede elevar la presión ejercida sobre las mujeres y sus hijos para que realicen trabajos a domicilio.

sábado, 30 de marzo de 2013

TRANSFORMACION DEL MERCADO • Y DEL TRABAJO (VI)

La reorganización del trabajo coincide en el tiempo con su reubicación a escala nacional e internacional. Aumenta el trabajo a domicilio. Las nuevas formas de organización del

trabajo permiten que una proporción cada vez mayor de la producción se realice en lugares de trabajo pequeños. Además, las nuevas tecnologías hacen posible que un mayor número de trabajadores adquieran sus propios equipos y desarrollen su trabajo en casa. Actualmente, muchas actividades de servicios, como la contabilidad o el archivo, pueden realizarse en el domi- cilio, e incluso los repuestos de automóviles pueden fabricarse en los hogares. Aunque el trabajo a domicilio puede reducir el tiempo dedicado al transporte, aumentar las opciones en cuanto
a horarios, facilitar el acceso de las personas discapacitadas al empleo remunerado y permitir a las mujeres atender a sus hijos
o a las personas de edad avanzada, también puede ser peligroso para la salud. Los riesgos para la salud que se plantean en el hogar pueden ser aún menos visibles que los existentes en los nuevos lugares de trabajo.
Los riesgos para la salud originados por el equipo o los mate- riales utilizados en el lugar de trabajo pueden determinar que todo el hogar se encuentre en una situación de riesgo 24 horas al día. Sin la separación entre domicilio y trabajo, es habitual que los trabajadores se sientan presionados a dedicar todo su tiempo
a un trabajo que nunca da por terminado. Pueden plantearse conflictos entre las demandas de los hijos, las personas de edad avanzada y las tareas domésticas, que eleven los niveles de estrés de todos los miembros del hogar. El aislamiento respecto a otros trabajadores que realizan una tarea similar puede convertir el trabajo en una actividad menos gratificante y más difícil de proteger mediante la afiliación sindical. Los problemas de carga física y mental se mantienen ocultos en el hogar. Este puede ser el caso de los discapacitados, que tienen menos oportunidades de trabajar con otros a causa de la presión ejercida sobre las empresas para que mejoren el acceso de estas personas a los puestos de trabajo disponibles en el mercado..

viernes, 29 de marzo de 2013

TRANSFORMACION DEL MERCADO • Y DEL TRABAJO (V)

Los nuevos métodos de organización del trabajo pueden incrementar también los riesgos para la salud de quienes disfrutan de una forma de trabajo más regular. Varios estudios indican que una organización y unos planes de trabajo insalu- bres o inapropiados pueden elevar el riesgo de padecer una enfermedad cardíaca o un accidente cerebrovascular, así como otros problemas de salud relacionados con el trabajo, como las lesiones debidas a esfuerzos repetitivos. La mayor fuente de estrés es la producida por los puestos de trabajo que ofrecen a quienes los ocupan escaso control sobre su actividad o su tiempo de trabajo, los que requieren pocas habilidades reconocidas y los que no permiten a los trabajadores elegir los conocimientos prácticos que deben utilizar. Estos niveles de estrés pueden aumentar aún más en el caso de la mayoría de las mujeres, que han de desempeñar una segunda actividad en el hogar.
Aunque las nuevas formas de organización del trabajo basadas en equipos de multidisciplinares prometen ampliar la serie de especializaciones utilizadas por los trabajadores y el control que éstos ejercen sobre su actividad laboral, en un contexto de mejora continua de la calidad, pueden tener el efecto contrario. La atención suele centrarse en los aumentos de la productividad a corto plazo, fáciles de cuantificar, y no en los resultados a largo plazo ni en la salud general de los trabaja- dores. Especialmente cuando no se sustituye a los miembros de los equipos en caso de enfermedad, cuando la dirección fija unilateralmente cuotas o los resultados se miden en función de fórmulas detalladas, las estructuras de equipo pueden reducir el control de cada trabajador y la colaboración colectiva para esta- blecer las contribuciones individuales. Además, la multidiscipli- nariedad puede dar lugar a que se exija a los trabajadores que realicen una amplia gama de tareas en una rápida sucesión. Con la diversidad de especializaciones, se pretende aprovechar cada segundo y eliminar las interrupciones provocadas por la natura- leza del trabajo o el trasvase de tareas de un trabajador a otro. Sobre todo en el contexto de reducción del control individual, el ritmo determinado por este tipo de trabajo puede causar lesiones por esfuerzos repetitivos y otros síntomas relacionados con el estrés.
Del mismo modo, las nuevas tecnologías, que aumentan la producción y facilitan la adopción de horarios de trabajo más flexibles, pueden generar también una pérdida de control para los trabajadores, incrementar el ritmo de trabajo y el trabajo repetitivo. Al permitir el cálculo preciso del tiempo de trabajo y de la producción, las nuevas tecnologías hacen posible una mejora continua de la calidad y la eliminación de las pérdidas de tiempo. No obstante, los ratos de inactividad pueden dedicarse también a la recuperación física y psicológica y, sin ellos, muchos trabajadores experimentan una elevación de la tensión arterial, un aumento de la actividad del sistema nervioso y, en general, mayores tensiones. Al facilitar la medición electrónica de las actividades de los trabajadores, las nuevas tecnologías limitan también el control de los trabajadores, y un menor control equi- vale a un mayor riesgo de enfermedad. Al eliminar muchos de los aspectos mentales y manuales del trabajo, realizados con anterioridad por una serie de trabajadores, las nuevas tecnolo- gías pueden reducir también la diversidad de puestos de trabajo y convertir éste en una actividad más alienante que exige menos especialización.

jueves, 28 de marzo de 2013

TRANSFORMACION DEL MERCADO • Y DEL TRABAJO (IV)

Toda esta reestructuración ha estado acompañada por un aumento del desempleo y de las desigualdades entre los ricos y los pobres. A medida que las compañías adoptan estructuras más ajustadas, la demanda de mano de obra disminuye. En la nueva economía mundial, incluso los trabajadores que conservan su puesto tienen menor seguridad en el empleo. Muchas de las personas con empleo trabajan un gran número de horas a la semana, aunque algunos sólo por un período de tiempo breve, ya que aumentan los trabajos con contratos atípicos y a destajo. El trabajo a turnos y las jornadas laborales atípicas han aumentado significativamente, debido a la dependencia de las empresas respecto a la flexibilidad de las plantillas. En una situación en la que predomina el trabajo informal, disminuye el número de trabajadores que reciben protección laboral frente al desempleo y que están representados por sindi- catos fuertes.
Así ocurre sobre todo en el caso de las mujeres, que constituyen en la actualidad la mayoría de la mano de obra eventual y de la no sindicada. Asimismo, los gobiernos tienden a reducir la prestación de servicios sociales para los desempleados. Por otra parte, la combinación de nuevas tecnologías y nuevas formas de organización del trabajo suele dar lugar a un proceso de creci- miento sin empleo, en el que los beneficios y el desempleo aumentan simultáneamente. El desarrollo económico ha dejado de equivaler a un incremento del trabajo remunerado.
Las consecuencias de esta evolución para la salud de los trabajadores son muy importantes, aunque, normalmente, más difí- ciles de determinar que las observadas en las organizaciones de trabajo industriales tradicionales. Las formas atípicas de trabajo, al igual que el desempleo, pueden incrementar los riesgos para la salud de los trabajadores. Aunque éstos pueden ser bastante productivos en períodos cortos de actividad, el trabajo informal puede tener el efecto contrario a largo plazo, especialmente si los trabajadores no tienen la posibilidad de hacer planes de futuro. Puede dar lugar a un aumento de los niveles de ansiedad y nerviosismo, a irritabilidad y falta de confianza y a una incapacidad para concentrarse. Asimismo, puede tener consecuencias físicas, como la elevación de la presión sanguínea y el aumento de la incidencia de enfermedades como la diabetes y la bron- quitis. Además, el trabajo informal y los horarios de trabajo atípicos pueden dificultar la organización laboral de las mujeres que asumen la principal responsabilidad del cuidado de los hijos, de las personas de edad avanzada y la realización de tareas domésticas, elevando significativamente sus niveles de estrés. Por otra parte, el trabajo informal suele conllevar la obtención de ingresos irregulares y, a menudo, la pérdida de prestaciones relacionadas con el trabajo, como la asistencia dental, las pensiones, los permisos por enfermedad y la asistencia sanitaria. Estos factores contribuyen también a elevar el estrés que soportan por los trabajadores y limitan su capacidad de mantenerse sanos y productivos.

miércoles, 27 de marzo de 2013

Medios de defensa

Incluso si se han podido demostrar la existencia de un riesgo o una conducta culposa y su relación causal con la lesión produ- cida, la responsabilidad del demandado se puede reducir o, incluso, inhibir, en virtud de diversas circunstancias.

En primer lugar, está la culpa del trabajador lesionado, que puede traducirse en el incumplimiento de las normas de segu- ridad, en una negligencia que exceda del simple descuido, en una conducta “frívola” (esto es, un comportamiento en el lugar de trabajo incompatible con la realización habitual del trabajo), la desobediencia o el alcoholismo. En algunos ordenamientos jurídicos se ha adoptado un criterio de determinación de la indemnización basado en la compensación del alcance de esta culpa con el grado de culpa del demandado.
Otra excepción legal aplicada en algunos países responde al principio de que volenti non fit injuria (esto es, en la aceptación voluntaria por parte del trabajador del riesgo causante de la lesión). Dada la situación de desigualdad existente entre el traba- jador y su empresa, los tribunales se han mostrado reticentes a admitir este medio de defensa en los casos en que el trabajador se ha limitado, con o sin protestas, a realizar un trabajo del que es consciente que entraña un riesgo superior al normalmente inherente a su trabajo. Si bien en otro tiempo era práctica habi- tual en el mundo laboral abonar una “prima de riesgo” a los trabajadores que accedían a puestos especialmente peligrosos a modo de contraprestación contractual por la asunción del riesgo, se duda de la validez de los contratos en los que el trabajador se obliga, incluso por una contraprestación, a asumir riesgos de los que la empresa es, en principio, responsable; incluso, en algunos lugares, estas estipulaciones contractuales se encuentran expresa- mente prohibidas. Por otra parte, las leyes se muestran especial- mente benignas con los trabajadores que asumen voluntaria y conscientemente algún riesgo para salvar a otras personas. Se observa igualmente una creciente protección legal de los trabaja- dores que se sustraen a las situaciones que implican un riesgo inminente y que “hacen sonar la alarma” cuando se producen violaciones de las leyes de salud y seguridad en el trabajo.
A veces, los demandados han intentado valerse del argumento de que el proceso industrial peligroso que ha producido un acci- dente es de uso generalizado en el sector. No se conoce ningún caso en que este argumento haya servido para reducir la respon- sabilidad de la parte demandada. En cambio, el uso generali- zado en una industria de determinadas prácticas probadamente seguras se ha admitido como prueba de la conducta culposa de un demandado que no había adoptado tales prácticas.

martes, 26 de marzo de 2013

Relación causal y carga de la prueba (II)

El segundo paso para el demandante consiste en fundar la reclamación contra el demandado. Si la demanda se basa en la responsabilidad objetiva del mismo, independientemente de que se trate de lesiones profesionales indistintas o de lesiones causadas por determinadas clases de elementos peligrosos, sólo es preciso demostrar que la lesión ha sido efectivamente causada por el trabajo o por el riesgo en cuestión. Si la lesión se funda en la violación de una obligación específicamente establecida en una disposición legal en la que no se conceda discrecionalidad alguna en cuanto a la forma de extinguirla, se impone demostrar que la obligación no se ha cumplido en la forma debida. Como se trata de acreditar hechos, la prueba no debe plantear dema- siados problemas. En cambio, si en la legislación se confiere discrecionalidad para el cumplimiento de una obligación —por ejemplo, mediante el uso de expresiones como “razonablemente posible”— o si la demanda se basa en el incumplimiento de un deber genérico de diligencia (independientemente de que ese deber dimane del derecho común o escrito, o de la legislación laboral), no siempre resulta fácil probar el incumplimiento del deber. Esto ha llevado a los tribunales a plantearse la cuestión de
si se debe trasladar del trabajador a la empresa u otro deman- dado en alguna medida la carga de la prueba de si se ha produ- cido o no violación de una obligación.
Si bien alguna praxis nacional, como la anteriormente descrita, releva al demandante de la necesidad de probar que una conducta diligente por parte de la empresa habría evitado el accidente o enfermedad, esto no significa necesariamente que la pretensión prospere. En muchas ocasiones, el demandado puede probar que ha procedido con la máxima diligencia exigible en las circunstancias en presencia (esto es, que no ha existido negli- gencia por su parte). Esto es especialmente así en los casos en que es preciso acreditar la existencia de un determinado grado de culpa para que la demanda prospere, como sucede cuando se pide una prestación complementaria de la seguridad social por causa de una “falta inexcusable” de la empresa.
Tanto si la acción civil se basa en una conducta culposa como
si responde a una situación de riesgo, es preciso demostrar la existencia de una relación causal, esto es, que la lesión produ- cida es el resultado de la culpa o del riesgo en cuestión. Por regla general, no se exige la prueba de que la culpa o, en su caso, el riesgo, es la causa única o eficiente del resultado, pero sí de que es una causa directa de la lesión.
La prueba de la relación causal es especialmente complicada
si se trata de enfermedades cuyo origen no se ha establecido incontestablemente, si bien los tribunales han interpretado a veces la ley en el sentido de otorgar al trabajador el beneficio de la duda. El problema puede provenir de circunstancias como la exposición del trabajador a nuevas tecnologías o sustancias cuyos efectos no se conozcan perfectamente. En otros casos, la enfermedad puede tener un período prolongado de incubación
o el trabajador puede haber estado expuesto a diversos agentes. Incluso si la lesión ha sido causada por un accidente, no siempre es posible demostrar “más allá de toda duda razonable” (el nivel probatorio exigido en los procedimientos civiles) que la lesión ha sido causada por un incumplimiento demostrado. Se producen, asimismo, casos en los que la relación causal entre el incumpli- miento demostrado y la lesión se rompe por la conducta culpable de una persona de cuyos actos no es responsable el demandado, si bien este tipo de intervenciones no rompe nece- sariamente la relación causal.

lunes, 25 de marzo de 2013

Relación causal y carga de la prueba (I)

En el procedimiento civil, la carga de la prueba corresponde al demandante, que tiene que probar los motivos de su pretensión. En primer lugar, el demandante debe acreditar que en el deman- dado concurre la legitimación pasiva de la demanda. Si la recla- mación se dirige contra la empresa, esto no suele plantear demasiadas dificultades. En cambio, puede resultar mucho más complicado —especialmente en el caso de las enfermedades cuyo período de incubación es prolongado— identificar al proveedor de la maquinaria o las sustancias pretendidamente peligrosas. La tendencia que parece consolidarse actualmente en determinadas cuestiones relacionadas con las lesiones profesionales, como la producción de amianto, es la de demandar conjuntamente a todos los principales fabricantes en el caso de que la responsabilidad no se pueda atribuir en un principio a una determinada empresa.

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