martes, 29 de abril de 2014

Cuestión 2: prevención de la discapacidad; salud y seguridad (II)

Desde el punto de vista del trabajador, la indemnización no debe eclipsar nunca las ventajas de la prevención. En la Figura 17.5 se relacionan algunos de los derechos y obligaciones de los trabajadores en el marco de la prevención de la discapacidad en el lugar de trabajo.
Los trabajadores tienen derecho a disfrutar del medio ambiente de trabajo más seguro posible y a ser informados exhaustivamente de los riesgos y las condiciones de trabajo. Esta información es particularmente importante para los trabaja- dores discapacitados, que quizás necesiten conocer la existencia de determinadas condiciones para decidir si pueden realizar las tareas de su puesto de trabajo sin comprometer su salud y seguridad o las de otros.
Muchos trabajos entrañan riesgos o peligros que no se pueden eliminar totalmente. Por ejemplo, el trabajo en la construcción y otros trabajos en los que se produce una exposición a sustancias tóxicas llevan aparejados riesgos evidentes. Otros trabajos aparentemente inocuos, como la introducción de datos en un sistema informático y la utilización de una máquina de coser, imponen, sin embargo, una serie de movimientos reiterados o de posturas corporales inadecuadas. Tales riesgos también se pueden reducir.
Todos los trabajadores deben recibir el equipo de protección necesario y la información relativa a los procesos y métodos productivos que precisen para reducir el riesgo de sufrir lesiones o de contraer enfermedades de resultas de la exposición a situa- ciones de peligro, a movimientos repetitivos o a otros factores de estrés. Los trabajadores deben sentirse libres para presentar quejas sobre los sistemas de seguridad y para formular recomen- daciones orientadas a mejorar las condiciones de trabajo, sin temor a perder el empleo. Es preciso animarles para que comu- niquen cualquier enfermedad o discapacidad, especialmente si ésta puede empeorar por causa de las tareas realizadas o de la exposición al medio ambiente de trabajo.
Por lo que respecta a las obligaciones, los trabajadores han de aplicar medidas de seguridad que reduzcan el nivel de riesgo tanto para sí mismos como para los demás. Estas obligaciones pueden consistir en denunciar las condiciones de trabajo inse- guras, propugnar la adopción de medidas de salud y seguridad,
y responsabilizarse de su propia salud. Por ejemplo, si una enfer- medad o una discapacidad entraña un riesgo para el trabajador
o para otras personas, el trabajador afectado está obligado a eliminar el riesgo.

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