martes, 22 de mayo de 2007

CUESTIONES RELACIONADAS CON LA ETICA

CODIGOS Y DIRECTRICES

Colin L. Soskolne
Finalidad de los códigos

Los códigos deontológicos profesionales sirven para numerosos fines. En el ámbito de una profesión, los códigos establecen las normas de acuerdo con las cuales la profesión puede considerarse responsable de la conducta de sus miembros. Además, al delegar la sociedad el control de muchas de las profesiones en las propias asociaciones profesionales, éstas han desarrollado códigos que constituyen la base de su autorregulación (Soskolne 1989). Para un profesional en particular, los códigos pueden servir como una guía práctica cuando se enfrenta a dilemas morales o éticos en lo que se refiere a su conducta profesional en determinadas circuns- tancias. Cuando un profesional se ve sometido a tensiones morales o éticas, es evidente que los códigos pueden servir para asesorarle.


La existencia de un código constituye la base para organizar un programa de actividades de ética profesional dirigido a divulgar normas éticas entre los miembros de una determinada profesión (Gellermann, Frankel y Ladenson 1990; Hall 1993). El código puede revisarse mediante las aportaciones de los miem- bros de la profesión en reuniones, seminarios y congresos. Este constante debate sobre problemas y asuntos de interés constituye un proceso de revisión que garantiza que los códigos reflejen en todo momento los valores sociales, que están sometidos a un continuo proceso de cambio. De esta manera, las profesiones cuya supervivencia depende de los fondos públicos pueden seguir siendo útiles y responsables ante la sociedad (Glick y Shamoo 1993).

Los códigos también pueden servir de ayuda a los profesio- nales acusados de negligencia profesional o incluso demandados ante los tribunales. El hecho de que se demuestre que un profe- sional ha respetado el código de la profesión probablemente se considerará indicativo del cumplimiento de unas normas prác- ticas coherentes con las normas profesionales. Si esas prácticas producen algún daño, será menor la probabilidad de que el profesional que haya respetado el código sea declarado culpable y responsable de su error. No obstante, según el principio de la confianza (Pellegrino, Veatch y Langan 1991), la sociedad espera que se aplique el mejor juicio profesional posible para garantizar el interés general. Cuando se trata de la relación entre médico y paciente, el paciente tiene derecho a esperar que sus intereses se protejan de la mejor forma posible. Sin embargo, los intereses particulares de un paciente pueden estar en conflicto con el interés general. En esos casos, el interés general debe antepo- nerse a los intereses particulares. A pesar ello, los códigos no pueden eximir a nadie de las responsabilidades por conductas incorrectas que se contemplan en las leyes promulgadas por el gobierno para proteger el interés general (Cohen 1982).

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