1. El uso de biomarcadores en la epidemiología del trabajo debe ir acompañado de una política clara en lo que se refiere al consentimiento del interesado. El trabajador puede tener distintas razones para negarse a cooperar. Una razón muy práctica es, por ejemplo, que la identificación de una altera- ción en un marcador dé la respuesta precoz, como el intercambio de cromátidas hermanas, implica la posibilidad de que dicho trabajador sea discriminado por las entidades aseguradoras y las empresas por su mayor propensión a la enfermedad. Una segunda razón hace referencia a la detección genética. Puesto que la distribución de los genotipos y fenotipos varía según el grupo étnico, las oportunidades profesionales para las minorías pueden verse perjudicadas por la detección genética. En tercer lugar, pueden existir dudas sobre la capacidad predictiva de las pruebas genéticas. El valor predictivo depende de la prevalencia de la enfer- medad que la prueba intenta detectar, de manera que si la enfermedad es poco frecuente, el valor predictivo será pequeño y la utilidad de la prueba de detección será cuestio- nable. Hasta ahora, ninguna de las pruebas de detección genética se ha considerado aplicable en la práctica (Ashford y cols. 1990).
2. Antes de utilizar los biomarcadores, deben establecerse los principios éticos. Un equipo de trabajo interdisciplinario de la Oficina Técnica de la Confederación Europea de Sindi- catos, con el apoyo de la Comisión de las Comunidades Europeas (Van Damme y cols. 1995), ha evaluado estos prin- cipios en el caso de los biomarcadores utilizados para esta- blecer la susceptibilidad individual a enfermedades. Su informe ha corroborado la opinión de que este tipo de pruebas deben realizarse sólo con la finalidad de prevenir enfermedades en la población activa. Entre otras considera- ciones, estas pruebas no deben nunca utilizarse para:
• Seleccionar a los que tienen una mayor capacidad física para el trabajo;
• Evitar la adopción de medidas preventivas, como la identifica- ción y eliminación de los factores de riesgo o la mejora de las condiciones en el lugar de trabajo.
• Crear, constatar o aumentar las desigualdades sociales.
• Aplicar en el lugar de trabajo unos principios éticos diferentes
a los que deben defenderse en una sociedad democrática.
• Obligar a la persona que solicita empleo a revelar más datos personales que los estrictamente necesarios para conseguir el puesto de trabajo.
No hay comentarios:
Publicar un comentario