martes, 13 de octubre de 2009

Conclusión de Actividades con otros fines distintos a la protección de la salud

El Código deontológico internacional para los profesionales de la salud en el trabajo (que se reproduce en este capítulo) proporciona directrices para asegurar que las actividades de promoción de la salud no desvíen su atención de las medidas de protección de la salud y para fomentar la práctica ética en dichas actividades. El Código establece lo siguiente:

Los profesionales de la salud en el trabajo pueden contri- buir a la salud pública de muchas maneras, en particular a través de sus actividades de educación sanitaria, promoción de la salud y exploración selectiva. Los profesionales de la salud en el trabajo deben exigir la participación... tanto de las empresas como de los trabajadores en el diseño y aplicación de estos programas. Asimismo, deben proteger la confi- dencialidad de los datos personales sobre la salud de los trabajadores.


Finalmente, debemos reiterar que la práctica ética de la medicina del trabajo podría promoverse mejor considerando la infraestructura del lugar de trabajo y de la sociedad que debe existir para proteger los intereses individuales y colectivos. Por consiguiente, los programas de control del estrés, promoción de la salud y asistencia a los trabajadores, que hasta ahora se centraban casi exclusivamente en el individuo, deben tener en cuenta otros factores institucionales del trabajo. También será necesario garantizar que estas actividades no desplacen a las medidas de protección de la salud.

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