Optar por una definición que pretenda abarcar todos los casos puede tener graves consecuencias sociales para personas concretas. Si se declarase que todas las personas discapacitadas pueden trabajar, muchas quedarían privadas de su derecho a pensión y a protección social. Si se juzgara que todas las personas discapacitadas presentan una productividad o un rendimiento reducidos, sería difícil que un individuo discapacitado pudiera obtener un empleo. En consecuencia, debe buscarse un enfoque pragmático que acepte la heterogeneidad de la realidad implícita en un término ambiguo como el de discapacidad. El nuevo concepto de discapacidad tiene en cuenta la situación y las necesidades específicas de los individuos discapacitados, así como la viabilidad económica y social de la eliminación de las barreras a la integración.
El objetivo de prevenir la desventaja indebida posiblemente vinculada a una discapacidad se logrará mejor aplicando una definición flexible de esta última que tenga en cuenta las circunstancias personales y sociales individuales y que evite los supuestos estereotipados. Mientras haya legislaciones nacionales que concedan diferentes derechos, sobre todo por lo que respecta a la igualdad de oportunidades de formación y empleo, seguirá siendo preciso un enfoque caso por caso para reconocer la discapacidad.
No obstante, aún se utilizan definiciones de discapacidad que evocan connotaciones negativas y contradicen los conceptos integradores al hacer excesivo hincapié en los efectos limitadores de la deficiencia. Hay que renovar la interpretación del tema. El aspecto central debe ser el reconocimiento de los individuos discapacitados como ciudadanos dotados de derechos y capacidades, y su habilitación para que se hagan cargo de su destino como adultos que quieren participar en la vida social y económica normal.
Por otra parte, es preciso seguir inculcando a la comunidad un sentido de la solidaridad que descarte un concepto imperfecto de discapacidad como fundamento para la exclusión irreflexiva de otros ciudadanos. Entre el cuidado excesivo y la negligencia debe existir un concepto equilibrado de discapa- cidad que no mistifique ni subestime sus consecuencias. La discapacidad puede ser, pero no necesariamente, motivo para que se adopten medidas específicas, y en ningún caso debe justificar la discriminación y la exclusión social.
El objetivo de prevenir la desventaja indebida posiblemente vinculada a una discapacidad se logrará mejor aplicando una definición flexible de esta última que tenga en cuenta las circunstancias personales y sociales individuales y que evite los supuestos estereotipados. Mientras haya legislaciones nacionales que concedan diferentes derechos, sobre todo por lo que respecta a la igualdad de oportunidades de formación y empleo, seguirá siendo preciso un enfoque caso por caso para reconocer la discapacidad.
No obstante, aún se utilizan definiciones de discapacidad que evocan connotaciones negativas y contradicen los conceptos integradores al hacer excesivo hincapié en los efectos limitadores de la deficiencia. Hay que renovar la interpretación del tema. El aspecto central debe ser el reconocimiento de los individuos discapacitados como ciudadanos dotados de derechos y capacidades, y su habilitación para que se hagan cargo de su destino como adultos que quieren participar en la vida social y económica normal.
Por otra parte, es preciso seguir inculcando a la comunidad un sentido de la solidaridad que descarte un concepto imperfecto de discapacidad como fundamento para la exclusión irreflexiva de otros ciudadanos. Entre el cuidado excesivo y la negligencia debe existir un concepto equilibrado de discapa- cidad que no mistifique ni subestime sus consecuencias. La discapacidad puede ser, pero no necesariamente, motivo para que se adopten medidas específicas, y en ningún caso debe justificar la discriminación y la exclusión social.
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