Los individuos reconocidos como discapacitados tienen, en principio, derecho a ser destinatarios de medidas, por ejemplo, de rehabilitación médica o profesional o a beneficiarse de ayudas financieras específicas. En algunos países, el conjunto de medidas sociopolíticas previstas incluye también determinados privilegios y apoyos, así como medidas de protección especiales. He aquí algunos principios y derechos aplicados: el principio consagrado legalmente de igualdad de oportunidades en la integración profesional y social; el derecho establecido legalmente a recibir la asis- tencia necesaria para la realización de la igualdad de oportunidades; el derecho constitucional a la educación y la integración profesional, la promoción de la formación profesional y la colocación laboral, y la garantía constitucional de recibir un mayor apoyo en caso de necesitar ayuda especial del Estado. Algunos Estados basan su actuación en la absoluta igualdad de todos los ciudadanos en todas las áreas de la vida y han hecho de la realización de esa igualdad su objetivo, sin ver una razón para tratar los problemas especiales de las personas discapacitadas en leyes promulgadas específicamente al efecto. Por lo común, esos Estados se abstienen de definir la discapacidad.
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