viernes, 27 de marzo de 2015
Prestaciones en favor de personas a cargo del asegurado - Pensión familiar.
Asciende al 40 % de la pensión que el asegurado habría tenido derecho a percibir si hubiese sufrido una incapa- cidad total, tomando en consideración el número de hijos. Los perceptores pertenecientes a los grupos de menores ingresos perciben, además, un “complemento de renta” (véase la Tabla 26.2).
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