jueves, 31 de mayo de 2007

Ambito de aplicación de los códigos

El desarrollo de un código profesional casi siempre está motivado por cuestiones que tienen relación directa con esa profesión. Por consiguiente, los códigos suelen centrarse en los problemas que más preocupan a cada profesión. Sin embargo, los códigos también deben tener en cuenta cuestiones sociales más amplias
(Fawcett 1993). De hecho, en un análisis reciente de varios códigos, Summers y cols. (1995) observaron que los códigos actuales casi nunca incluyen directrices sobre cuestiones sociales específicas, como, por ejemplo, efectos ambientales o solución de conflictos. Teniendo en cuenta la considerable influencia que tienen los colectivos profesionales, si sus códigos abordaran cuestiones sociales más amplias podrían concentrarse los esfuerzos para eliminar las conductas que están en contra del interés general de la sociedad. Esta presión ayudaría a reducir los peligros para el bienestar de la humanidad, como el militarismo o la destrucción ecológica.

miércoles, 30 de mayo de 2007

TENDENCIAS DE LA SALUD EN EL TRABAJO EN EL AMBITO DE LOS PAISES EN DESARROLLO


Jerr y Jeyaratnam

En el presente artículo se analizan algunas cuestiones específicas relativas a la salud en el trabajo que actualmente despiertan interés en los países en desarrollo y otras áreas del mundo. Los aspectos técnicos generales comunes a estos países y a los desarrollados (p. ej., plomo y pesticidas) no se tratan aquí, puesto que ya han sido abordados en otras secciones de la Enciclopedia. Además de las cuestiones relacionadas con los países en desarrollo, se examinan en este capítulo otras de reciente planteamiento que afectan a los países de la Europa oriental.
Se estima que, para el año 2000, ocho de cada diez trabajadores de la población activa mundial procederán de los países en desarrollo, lo que muestra la prioridad que debe otorgárseles para satisfacer sus necesidades fundamentales en materia de salud en el trabajo. La prioridad en este caso consiste en dotar a su población activa de un sistema de prestación de asistencia sanitaria. Esta necesidad es coherente con la definición de salud en el trabajo de la Organización Mundial de la Salud (OMS), en la que se consigna el interés por la salud total del trabajador y no simplemente por las enfermedades profesionales. Como se señala en la Figura 20.1, el trabajador puede verse afectado por las enfermedades generales de la comunidad, como la malaria, así como por otras multifactoriales relacionadas con el trabajo, en las que el trabajo puede contribuir al desarrollo del proceso o agravarlo. Son ejemplos de este caso las enfermedades cardiovasculares, las psicosomáticas y el cáncer. Por último, hay enfermedades profesionales cuya causa esencial es la exposición en el lugar de trabajo, como la intoxicación por plomo, la silicosis y la sordera provocada por el ruido.

martes, 29 de mayo de 2007

Contenido y estructura de los códigos

El contenido de un código debe ser sencillo para lograr su máxima utilidad, aunque su longitud varía. Algunos son reducidos; otros tienen una extensión considerable. Cuanto más extensos, más específicos podrán ser. La facilidad de manejo de un código depende de su estructura y su contenido. Por ejemplo, puede empezar con un resumen de los principios en los que se basa y proseguir con descripciones más detalladas de las aspiraciones o preceptos que constituyen el código en sí mismo, posiblemente acompañadas de un comentario que explique cada una de ellas y con mención a circunstancias especiales en forma de estu- dios de casos que sirvan de ejemplos útiles. Sin embargo, los principios y su interpretación dependen en gran medida de los valores que se consideren inherentes a las aspiraciones de una determinada profesión. Aunque estos valores sean universales, sus interpretaciones, así como su aplicación a escala local y regional, pueden variar. Por lo tanto, aunque la exposición de los valores esenciales de una profesión sirva como fundamento para esta- blecer sus principios éticos y deba aparecer siempre como prólogo a las directrices (Gellermann, Frankel y Ladenson 1990), sólo los comentarios más detallados y los estudios de casos pueden reflejar la diversidad regional.
Estos comentarios deben incorporar, ir seguidos de, o complementarse con estudios de casos extraídos de situaciones reales que plantean dilemas o conflictos éticos. Los estudios de casos pueden ser anónimos o hacer referencia a los nombres de las partes implicadas (por supuesto, sólo con su permiso)
(Soskolne 1991). El objetivo de los estudios de casos no es conseguir una retribución a cambio, sino ofrecer ejemplos con fines didácticos. El aprendizaje resulta más sencillo cuando se plan- tean situaciones de la vida real.
Una profesión sólo puede desarrollar un código de conducta más detallado basándose en la interpretación de su código deon- tológico. El código de conducta hace referencia a actividades más específicas relacionadas con la práctica profesional, desde las relaciones interpersonales hasta la manera de llevar a cabo una investigación y la manera de presentar los resultados. El código de conducta de una profesión podría incluirse en un compendio de ética; al reflejar el conjunto de competencias de cada profesión, añade consideraciones particulares que van más allá de la exposición de sus principios éticos.

lunes, 28 de mayo de 2007

Discapacidad como identidad


A pesar del peligro de que esta etiqueta implique segregación y discriminación, hay razones válidas para atenerse al uso del término discapacidad y agrupar a ciertas personas en esa categoría. Desde un punto de vista empírico, no se puede negar que muchos individuos con discapacidades comparten experiencias similares, casi siempre negativas, de discriminación, exclusión y dependencia económica o social.
Existe una clasificación objetiva de los seres humanos como discapacitados, porque hay pautas específicas de comportamiento social negativo o censurable que parecen estar basadas en la discapacidad. A la inversa, cuando se adoptan medidas para luchar contra la discriminación por razón de discapacidad, también resulta necesario establecer quién debe tener el derecho
a disfrutar de protección conforme a ellas.
El hecho de que muchos individuos que han experimentado algún tipo de discriminación por razón de su discapacidad se agrupen es una reacción al trato que la sociedad da a las personas con discapacidades. Lo hacen en parte porque se sienten más cómodos entre quienes comparten su experiencia, y en parte porque desean defender unos intereses comunes. En consecuencia, aceptan el papel de discapacitados, si bien por motivos muy diferentes: algunos porque quieren inducir a la sociedad a considerar la discapacidad, no como un atributo de individuos aislados, sino como el resultado de la acción y la negligencia de la comunidad que cercena indebidamente sus derechos y oportunidades, y otros porque reconocen su discapa- cidad y reivindican su derecho a ser aceptados y respetados en su diferencia, lo cual incluye su derecho a luchar por la igualdad de trato.
Sin embargo, la mayoría de los individuos que tienen algún tipo de limitación funcional debido a una deficiencia no parecen considerarse a sí mismos discapacitados. Esto crea un problema que no deben subestimar los responsables de la formulación de políticas al respecto. Por ejemplo, ¿debe censarse entre las personas discapacitadas a quienes no se identifican a sí mismos como discapacitados, o sólo a quienes están registrados como tales?

Los destinatarios

En 1981, el Comité Conjunto OIT/OMS sobre Medicina del Trabajo definió estos tres niveles educativos necesarios en el ámbito de la ergonomía, la salud y la seguridad en el trabajo:

(1) concienciación
(2) formación para necesidades específicas
(3) especialización.


Tales niveles no son independientes, sino que, más bien, forman parte de un continuo; cualquier persona puede solicitar información sobre uno y otro de ellos. Los principales grupos de destinatarios de la sensibilización básica son los legisladores, los responsables de la formulación de políticas, los directivos y los trabajadores. Dentro de estas categorías, muchas personas necesitan formación adicional sobre tareas más concretas. Por ejemplo, aunque todos los directivos deben tener un conocimiento básico de los problemas de salud y seguridad en sus áreas de responsabilidad y han de saber dónde buscar ayuda especializada, es posible que los responsables específicos de la salud y la seguridad y del cumplimiento de la normativa nece- siten una formación más intensiva. Análogamente, los trabajadores que actúan como delegados de prevención o pertenecen a los comités de seguridad y salud no pueden limitarse a una mera concienciación, como tampoco los funcionarios públicos que participan en la inspección de fábricas y desempeñan funciones de salud pública relacionadas con el lugar de trabajo.
Los médicos, enfermeras y (sobre todo en las áreas rurales y en desarrollo) el personal no médico de atención primaria cuya formación o práctica principal no incluye la medicina del trabajo necesitarán ampliar esa formación para prestar servicios a los trabajadores y poder reconocer, por ejemplo, las enfermedades profesionales. Por último, ciertos titulados (por ejemplo, ingenieros, químicos, arquitectos y diseñadores), cuya labor influye de modo considerable en la salud y la seguridad de los trabajadores, requieren una educación y una formación mucho más específica en estas áreas de la que reciben normalmente.
Los especialistas necesitan la educación y la formación más intensivas, sobre todo del tipo que se imparte en los programas de grado y postgrado. Médicos, enfermeras, higienistas industriales, ingenieros especialistas en seguridad y, más recientemente, expertos en ergonomía pertenecen a esta categoría. Debido a la rápida evolución actual de todos estos campos, la educación continua y la experiencia en el puesto de trabajo constituyen una parte esencial de la formación de dichos profesionales.
Es necesario subrayar que la especialización cada vez mayor en el ámbito de la seguridad y la higiene industrial ha tenido lugar sin que se preste una atención proporcional a los aspectos interdisciplinarios de esta materia. Es probable que la enfermera o el médico que sospeche la relación de una enfermedad con el trabajo requiera la ayuda de un higienista industrial para identificar, por ejemplo, la exposición tóxica en el lugar de trabajo que provoca el problema de salud. Dada la limitación de recursos, muchas empresas y administraciones públicas suelen emplear a un especialista en seguridad y no a un higienista, exigiéndole a aquél que se haga cargo tanto de las cuestiones de salud como de las de seguridad. La interdependencia de ambos ámbitos debe abordarse ofreciendo una formación y una educación interdisciplinarias a los profesionales especializados en salud y seguridad.

domingo, 27 de mayo de 2007

Discapacidad y normalidad

Como se ha señalado, casi todos los intentos normativos de definir la discapacidad han caído de un modo u otro en la tentación de describirla como un concepto principalmente negativo o de desviación. El ser humano afectado por una discapacidad se ve como un problema y se convierte en un “caso social”. Se supone que una persona discapacitada es incapaz de realizar actividades normales. Se trata de una persona con la que no todo marcha bien. Abundan las publicaciones científicas que describen al discapacitado como una persona con un problema de comportamiento y, en muchos países, la “defectología” era y sigue siendo una ciencia reconocida que se ocupa de medir el grado de desviación.
En general, las personas que tienen una discapacidad se defienden contra esa caracterización. Otras se resignan al papel que se les ha asignado. Clasificar a las personas como discapacitadas es olvidar que lo que éstas tienen en común con los no discapacitados suele superar con creces a lo que les diferencia. Por otra parte, el concepto subyacente de que la discapacidad es una desviación respecto de la norma es un juicio de valor cuestionable. Tales consideraciones han llevado a muchas personas a preferir el término de personas con discapacidades al de personas discapacitadas, en la medida en que podría entenderse que este último hace de la discapacidad la característica principal de un individuo.
Es perfectamente concebible definir la realidad humana y social de tal manera que la discapacidad se considere como coherente con la normalidad y no como una desviación con respecto a ella. De hecho, en la Declaración adoptada en 1995 por los Jefes de Estado y de Gobierno en la Cumbre Mundial de la ONU sobre Desarrollo Social, celebrada en Copenhague, se describe la discapacidad como una forma de diversidad social. Esta definición requiere un concepto de sociedad entendida como sociedad “para todos”. Por consiguiente, los anteriores intentos de definir la discapacidad negativamente, como desviación respecto de la norma o como deficiencia, ya no son válidos. Una sociedad que se adapta a la discapacidad de un modo inclusivo puede superar en buena medida los efectos de la discapacidad que, de lo contrario, se experimentan como excesivamente restrictivos.

sábado, 26 de mayo de 2007

Desarrollo, análisis y revisión de los códigos

El proceso por el cual se desarrollan los códigos tiene consecuencias para su aplicación. El hecho de permitir la participación de los miembros y estudiantes de una profesión en el desarrollo de los códigos, así como en su análisis y revisión, aumenta la proba- bilidad de que dichos códigos sean aceptados y respetados por un mayor número de personas.

viernes, 25 de mayo de 2007

EDUCACION Y FORMACION - INTRODUCCION Y VISION GENERAL

Steven Hecker

Un estudio de 1981 sobre la formación en seguridad y salud de los trabajadores en los países industrializados comenzaba con la siguiente cita del escritor francés Víctor Hugo: “Ninguna causa puede triunfar sin hacer primero de la educación su aliado”.
(Heath 1981). Esta observación es válida para la salud y la seguridad en el trabajo aún a finales del siglo XX, y resulta apropiada para el personal de las organizaciones a todos los niveles.
A medida que el lugar de trabajo se hace cada vez más complejo, surgen nuevas exigencias de una mejor comprensión de las causas y medios de prevención de los accidentes, lesiones y enfermedades. Funcionarios públicos, estudiosos, empresas y sindicatos tienen un importante papel que desempeñar en el desarrollo de las investigaciones encaminadas a esa comprensión. El siguiente e importante paso es la transmisión eficaz de esa información a los trabajadores, supervisores, directivos, inspectores de la Administración y profesionales de la salud y la seguridad. Aunque los cursos para los médicos y especialistas en higiene del trabajo difieren en muchos aspectos de los de formación para trabajadores en el centro de trabajo, existen también unos principios comunes aplicables a todos ellos.
Es obvio que las políticas y prácticas nacionales de educación y formación varían, en función de las condiciones económicas, políticas, sociales, culturales y tecnológicas de cada país. En general, las naciones industrializadas disponen proporcionalmente de más profesionales especializados en la seguridad y la salud en el trabajo que los países en vías de desarrollo y estos trabajadores formados cuentan, además, con unos programas de educación y formación más avanzados. Las naciones menos industrializadas y más rurales tienden a confiar más en “trabajadores de atención primaria” que pueden ser representantes de los trabajadores en las fábricas o los campos o miembros del personal sanitario de los centros locales de salud. Es evidente que las necesidades de formación y los recursos disponibles varían mucho en estas situaciones. No obstante, todas tienen en común la necesidad de profesionales formados.
En el presente artículo se ofrece una visión general de las cuestiones más importantes relativas a la educación y formación, incluidos el análisis de los destinatarios y sus necesidades, el formato y contenido de una formación eficaz y las tendencias actuales importantes en este ámbito.

La importancia y la finalidad de los códigos

Es cierto que los códigos se asocian al concepto de la fuerza de la ley, lo que supone que pueden aplicarse a través de algún tipo de acción disciplinaria. En efecto, los conceptos de responsabilidad y autorregulación antes citados implican algún tipo de control(como mínimo, la opinión de los compañeros de profesión y, como máximo, la prohibición de ejercer esa profesión) que ejerce la propia asociación profesional sobre sus miembros. Por ello, algunas asociaciones profesionales han preferido evitar estas connotaciones asociadas a los códigos y han optado por “directrices”. Estas últimas son de carácter orientativo y tienen menos implicaciones en lo que se refiere a su cumplimiento. Otros grupos han preferido evitar todas las connotaciones asociadas a los códigos y directrices y han recurrido a las “declaraciones de ética profesional” dirigidas a sus miembros (Jowell 1986). En este capítulo, el término código tendrá el significado de “conjunto de directrices”.
Es evidente que los códigos (y las directrices) no tienen fuerza de ley. En esencia, los códigos y las directrices tienen el propósito de orientar a los profesionales, ya sea colectiva o individualmente, en las relaciones con sus clientes (incluidos sus pacienteso los que participan en sus investigaciones), sus colegas y colaboradores (incluidos sus alumnos) y la sociedad en general (incluidas las partes con intereses concretos). Los códigos pretenden asimismo mejorar la calidad del trabajo profesional y, por consiguiente, la talla de la profesión. En general, los códigos referentes a la relación entre médico y paciente exigen que los intereses del paciente se antepongan a cualquier otro, correspondiéndole al médico el papel de “defensor del paciente”. Las enfermedades infecciosas constituyen una excepción, ya que en este caso los derechos del paciente pueden quedar supeditados al bienestar general. Por el contrario, los códigos referentes a las investigaciones científicas deben anteponer el interés general a cualquier interés particular o de otro tipo. Una excepción sería el caso de un investigador que descubre que uno de los partici- pantes en su estudio ha sido objeto de abusos sexuales; en este caso, el investigador tiene la obligación de informar a las autoridades competentes.

jueves, 24 de mayo de 2007

Puede censarse a las personas discapacitadas?


Desde luego, sí, dentro de un sistema que aplique criterios precisos respecto a quién presenta un nivel de deficiencia suficiente para ser censado como discapacitado. La dificultad estriba en hacer comparaciones entre sistemas o países que aplican criterios diferentes. En todo caso, ¿a quién habría que incluir? Estrictamente hablando, los censos y las encuestas encaminadas a obtener datos sobre la discapacidad sólo pueden censar a las personas que informan personalmente de que tienen una deficiencia o una limitación funcional por razón de una deficiencia, o de que creen que están en una situación de desventaja debido a una deficiencia. A diferencia del sexo o la edad, la discapacidad no es una variable estadística claramente definible, sino un término contextual expuesto a interpretación. Por consiguiente, los datos sobre discapacidad son necesariamente aproximados y deben tratarse con sumo cuidado.

Por las razones indicadas, el presente artículo no constituye un intento más de proponer una definición universal de discapa- cidad, o de tratar ésta como un atributo de un individuo o de un grupo. Por el contrario, trata de crear una sensibilización respecto a la relatividad y la heterogeneidad del término y de comprender los factores históricos y culturales que han configu- rado la legislación y las medidas positivas adoptadas en favor de las personas reconocidas como discapacitadas. Tal sensibiliza- ción es un requisito imprescindible para la integración satisfac- toria de las personas discapacitadas en el lugar de trabajo. Permite comprender mejor las circunstancias que deben darse para que el trabajador discapacitado sea un miembro válido de la plantilla, en lugar de excluirle del empleo o jubilarle. La disca- pacidad se presenta aquí como algo que puede ser gestionado. Para ello, se parte del supuesto de que las necesidades del indi- viduo, como la mejora de las destrezas o la prestación de ayuda técnica, deben abordarse y asumirse mediante la adaptación del lugar de trabajo.
Existe actualmente un intenso debate internacional, cuya punta de lanza son las organizaciones de discapacitados, en

torno a una definición no discriminatoria de discapacidad. En este contexto, está ganando terreno la opinión de que la discapa- cidad debe identificarse con la existencia o la previsión de una desventaja social o funcional concreta vinculada a una defi- ciencia. La cuestión es cómo demostrar que la desventaja no es el resultado natural, sino evitable, de la deficiencia, causado por el hecho de que la sociedad no ha previsto adecuadamente la eliminación de barreras físicas. Aparte de que este debate refleja principalmente la opinión de las personas discapacitadas con movilidad reducida, la posible consecuencia no deseada de esta posición es que el Estado podría reducir el gasto destinado a la discapacidad, por ejemplo el correspondiente a prestaciones o a medidas especiales por discapacidad, en favor del destinado a mejorar el entorno.

En todo caso, este debate aún vigente ha puesto de relieve la necesidad de encontrar una definición de discapacidad que refleje la dimensión social, sin sacrificar el carácter específico de la desventaja basada en una insuficiencia y sin que la definición pierda su calidad operativa. La definición que se ofrece seguida- mente intenta reflejar esta necesidad. Según ella, la discapacidad puede describirse como el efecto, determinado por el entorno, de una deficiencia que, al interactuar con otros factores en un contexto social específico, puede hacer que un individuo experi- mente una desventaja indebida en su vida personal, social o profesional. La expresión “determinado por el entorno” significa que diversos factores, como las medidas de prevención, correc- ción e indemnización y las soluciones tecnológicas y de adapta- ción, influyen en el efecto de la deficiencia.

Esta definición reconoce que en un entorno diferente, que levante menos barreras, la misma deficiencia puede carecer de consecuencias significativas y, por consiguiente, no dar lugar a una discapacidad. Destaca aquí la dimensión correctora, por encima de un concepto de la discapacidad como hecho inevi- table que se limita a intentar mejorar las condiciones de vida de las personas afectadas. Al mismo tiempo, se mantiene la base que justifica la adopción de medidas compensatorias, como pres- taciones económicas, porque, a pesar del reconocimiento de otros factores, la desventaja sigue estando vinculada específica- mente a la deficiencia, independientemente de que ésta sea el resultado de una disfunción del individuo o de una actitud nega- tiva de la comunidad.

Ahora bien, muchas personas discapacitadas pueden experi- mentar limitaciones sustanciales incluso en un entorno ideal y comprensivo. En tales casos, la discapacidad está basada princi- palmente en la deficiencia y no en el entorno. La mejora de las condiciones del entorno puede reducir sustancialmente la dependencia y las limitaciones, pero no altera la verdad funda- mental de que para muchas de estas personas gravemente disca- pacitadas (lo cual es diferente de gravemente deficientes) la participación en la vida social y profesional seguirá estando limi- tada. Es para estos grupos, en especial, para quienes la protec- ción social y las disposiciones de mejora seguirán desempeñando una función más importante que el objetivo de la integración plena en el lugar de trabajo, que con frecuencia responde a razones sociales más que económicas.

Por supuesto, esto no quiere decir que las personas así defi- nidas como gravemente discapacitadas deban vivir una vida aparte ni que sus limitaciones deban ser motivo de segregación y exclusión de la vida de la comunidad. Una de las principales razones que aconsejan proceder con cautela al emplear las defi- niciones de discapacidad es la práctica extendida de hacer de una persona así reconocida y etiquetada el objeto de medidas administrativas discriminatorias.

Todo esto, en cualquier caso, indica una ambigüedad en el concepto de discapacidad, que genera mucha confusión y que puede ser una de las principales razones de la exclusión social de

las personas discapacitadas. En efecto, por un lado, muchos hacen campaña con el eslogan de que discapacidad no significa incapacidad; por otro lado, todos los sistemas de protección exis- tentes se basan en la premisa de que discapacidad significa inca- pacidad para ganarse la vida por uno mismo. La reticencia de muchos empresarios a contratar personas discapacitadas puede tener su fundamento en esta contradicción básica. La respuestaa tal tipo de razonamientos es un recordatorio de que las personas discapacitadas no constituyen un grupo homogéneo, y de que cada caso debe juzgarse por separado y sin prejuicios. Ahora bien, es cierto que discapacidad puede significar ambas cosas: incapacidad para actuar según la norma o capacidad para actuar tan bien como los demás o incluso mejor si se dispone de la oportunidad y del apoyo adecuado.

Es obvio que un concepto de discapacidad como el descrito pide un nuevo fundamento para las políticas de discapacidad: fuentes de inspiración sobre cómo modernizar las políticas y los programas en favor de las personas discapacitadas pueden encontrarse, por ejemplo, en el Convenio sobre la readaptación profesional y el empleo de personas inválidas, 1983 (nº 159)

(OIT 1983) y en las Normas de las Naciones Unidas sobre la Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapaci- dades (Naciones Unidas 1993).

miércoles, 23 de mayo de 2007

¿cuál es el significado real de discapacidad?


Para comprender mejor este término, hay que empezar por distinguirlo de otros conceptos relacionados que a menudo se confunden con el de discapacidad. El malentendido más frecuente consiste en equiparar discapacidad con enfermedad. Es frecuente describir a las personas discapacitadas por oposi- ción a las personas sanas y, en consecuencia, como necesitadas de la ayuda de la profesión sanitaria. Sin embargo, las personas discapacitadas, como todas las demás, sólo necesitan ayuda médica en situaciones de enfermedad o patología grave. Aun en los casos en que la discapacidad es el resultado de una enfermedad prolongada o crónica, como la diabetes o una cardio- patía, no es la enfermedad como tal, sino sus consecuencias sociales lo que aquí importa.
La otra confusión más frecuente consiste en equiparar discapacidad con el estado de salud que es una de sus causas. Por ejemplo, se han elaborado listas en las que se clasifica a las personas discapacitadas por tipos de “discapacidad”, categoría en la que se incluyen, por ejemplo, la ceguera, las malforma- ciones físicas, la sordera o la paraplejia. Estas listas son impor- tantes para determinar a quién se debe considerar discapacitado, con la salvedad de que el uso del término discapa- cidad es inexacto, porque se confunde con deficiencia.
Más recientemente, se ha intentado describir la discapacidad como la dificultad para llevar a cabo determinados tipos de funciones. En consecuencia, una persona discapacitada sería alguien cuya capacidad para actuar en una o varias áreas clave
¾como la comunicación, la movilidad, la destreza y la velocidad¾ está afectada. Una vez más, el problema es que se esta- blece un vínculo directo entre la deficiencia y la pérdida funcional resultante, sin tener en cuenta los factores del entorno, como la disponibilidad de tecnología adecuada para compensar la pérdida funcional hasta hacer que ésta sea insignificante. Entender la discapacidad como el efecto funcional de una deficiencia, prescindiendo de la dimensión del entorno, implica echar toda la culpa del problema al individuo discapacitado. Esta definición perpetúa la tradición de considerar la discapacidad como una desviación respecto de la norma y hace caso omiso de los demás factores individuales y sociales que juntos constituyen el fenómeno de la discapacidad.

martes, 22 de mayo de 2007

CUESTIONES RELACIONADAS CON LA ETICA

CODIGOS Y DIRECTRICES

Colin L. Soskolne
Finalidad de los códigos

Los códigos deontológicos profesionales sirven para numerosos fines. En el ámbito de una profesión, los códigos establecen las normas de acuerdo con las cuales la profesión puede considerarse responsable de la conducta de sus miembros. Además, al delegar la sociedad el control de muchas de las profesiones en las propias asociaciones profesionales, éstas han desarrollado códigos que constituyen la base de su autorregulación (Soskolne 1989). Para un profesional en particular, los códigos pueden servir como una guía práctica cuando se enfrenta a dilemas morales o éticos en lo que se refiere a su conducta profesional en determinadas circuns- tancias. Cuando un profesional se ve sometido a tensiones morales o éticas, es evidente que los códigos pueden servir para asesorarle.


La existencia de un código constituye la base para organizar un programa de actividades de ética profesional dirigido a divulgar normas éticas entre los miembros de una determinada profesión (Gellermann, Frankel y Ladenson 1990; Hall 1993). El código puede revisarse mediante las aportaciones de los miem- bros de la profesión en reuniones, seminarios y congresos. Este constante debate sobre problemas y asuntos de interés constituye un proceso de revisión que garantiza que los códigos reflejen en todo momento los valores sociales, que están sometidos a un continuo proceso de cambio. De esta manera, las profesiones cuya supervivencia depende de los fondos públicos pueden seguir siendo útiles y responsables ante la sociedad (Glick y Shamoo 1993).

Los códigos también pueden servir de ayuda a los profesio- nales acusados de negligencia profesional o incluso demandados ante los tribunales. El hecho de que se demuestre que un profe- sional ha respetado el código de la profesión probablemente se considerará indicativo del cumplimiento de unas normas prác- ticas coherentes con las normas profesionales. Si esas prácticas producen algún daño, será menor la probabilidad de que el profesional que haya respetado el código sea declarado culpable y responsable de su error. No obstante, según el principio de la confianza (Pellegrino, Veatch y Langan 1991), la sociedad espera que se aplique el mejor juicio profesional posible para garantizar el interés general. Cuando se trata de la relación entre médico y paciente, el paciente tiene derecho a esperar que sus intereses se protejan de la mejor forma posible. Sin embargo, los intereses particulares de un paciente pueden estar en conflicto con el interés general. En esos casos, el interés general debe antepo- nerse a los intereses particulares. A pesar ello, los códigos no pueden eximir a nadie de las responsabilidades por conductas incorrectas que se contemplan en las leyes promulgadas por el gobierno para proteger el interés general (Cohen 1982).

lunes, 21 de mayo de 2007

DISCAPACIDAD Y TRABAJO: CONCEPTO Y DEFINICIONES

Consideraciones preliminares
La mayoría de la gente parece saber lo que es una persona disca- pacitada y está segura de que podría reconocer a un individuo como discapacitado, bien porque la discapacidad es visible, bien porque se sabe que determinado estado de salud se presta a ser denominado discapacidad. Sin embargo, no es tan fácil establecer qué significa exactamente el término discapacidad. Una opinión común es que tener una discapacidad determina que un indi- viduo sea menos capaz de realizar una serie de actividades. De hecho, el término discapacidad se utiliza en general para indicar una disminución o una desviación respecto de la norma, una insuficiencia de un individuo que la sociedad debe asumir. En casi todas las lenguas, los términos equivalentes al de discapa- cidad contienen las nociones de menor valor, menor capacidad, estado de limitación, privación o desviación. Son este tipo de conceptos los que llevan a considerar la discapacidad como un problema exclusivo del individuo afectado y los problemas asociados con la presencia de una discapacidad como algo más o menos común a todas las situaciones.

Es cierto que un estado de discapacidad puede afectar en dife- rentes medidas a la vida personal de un individuo y a sus rela- ciones con la familia y la comunidad. De hecho, el individuo que tiene una discapacidad puede experimentarla como algo que le sitúa aparte de los otros y que tiene un efecto negativo en el modo en que está organizada la vida.

Sin embargo, el significado y las repercusiones de la discapa- cidad varían sustancialmente en función de si el entorno y las actitudes del público se adaptan o no a ella. Por ejemplo, la persona que utiliza una silla de ruedas se encuentra en un estado de completa dependencia en un contexto determinado, mientras que en otro es tan autónoma y operativa como cualquiera.

En consecuencia, el efecto de una supuesta disfunción es rela- tivo al entorno, y la discapacidad es por consiguiente un concepto social y no exclusivamente el atributo de un individuo. Es además un concepto muy heterogéneo, que determina que la búsqueda de una definición homogénea sea una tarea práctica- mente imposible.

A pesar de los muchos intentos de definir la discapacidad en términos generales, persiste el problema de qué hace que un individuo sea discapacitado y a quién se debe incluir en este grupo. Por ejemplo, si se define la discapacidad como la disfun- ción de un individuo, ¿cómo clasificar a una persona que a pesar de una deficiencia grave es completamente funcional? ¿Es el especialista en informática ciego, que tiene un empleo remune- rado y ha logrado resolver sus problemas de transporte, conse- guir una vivienda adecuada y formar una familia, una persona discapacitada? ¿Debe contarse entre los desempleados discapaci- tados al panadero que ya no puede ejercer su profesión debido a una alergia a la harina? En tal caso, ¿cuál es el significado real de discapacidad?

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